SOCIEDAD SERVICIOS T & X LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 24 de noviembre de 2012
- Notario
- LORGIO OÑATE HERRERA
- Domicilio
- Aysén
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| X LIMITADA | socio | 76033804-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLORGIO OÑATE HERRERA, Abogado y Notario Público Interino de Aysén, con Oficio en Bernardo O’Higgins 605, Of. 205, Puerto Aysén, certifica: Que por escritura pública de fecha veintiocho de noviembre de dos mil diecinueve, ante mí, por escritura pública, doña XIMENA ELIZABETH AGUILAR BARRIENTOS, C.N.I. RUN 13.526.606-K; doña ANA MARIA AGUILAR BARRIENTOS, C.N.I. RUN 11.358.014-3, y doña SONIA DEL CARMEN AGUILAR BARRIENTOS, C.N.I. RUN 10.299.968-1, acuerdan modificación de SOCIEDAD SERVICIOS T & X LIMITADA, RUT 76.033.804-4, constituida por escritura pública de cinco de septiembre de dos mil ocho, otorgada ante Teodoro Durán Palma, Notario de Coyhaique, inscrita fojas 40 N° 40, Registro de Comercio de Aysén 2008; modificada por escritura pública de 24.11.2012 otorgada ante Lorgio Oñate Herrera, Notario de Puerto Aysén, inscrita a fojas 108, N°77 Registro de Comercio de Aysén 2012; modificada por escritura pública de 27.12.2012 otorgada ante Lorgio Oñate Herrera, Notario de Puerto Aysén, inscrita a fojas 4, N°4 Registro de Comercio de Aysén 2013; y modificada por escritura pública de 27.06.2019 otorgada ante Lorgio Oñate Herrera, Notario de Puerto Aysén, inscrita a fojas 17, N°13 Registro de Comercio de Aysén 2019: Ximena Elizabeth Aguilar Barrientos vende, cede y transfiere a Sonia del Carmen Aguilar Barrientos el 32,967% de los derechos sociales de que es dueña, equivalentes al 33,3% del total de derechos en la sociedad, y a Ana María Aguilar Barrientos el 31,967% de los derechos sociales de que es dueña, equivalentes al 32,3% del total de derechos en la sociedad. Cada cesión en valor der $2.000.000.- Queda cada socia con 33,3% de los derechos en la sociedad. Se mantienen vigentes escrituras anteriores. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Puerto Aysén, 02 de diciembre de 2019.-