ORTOPÉDICA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 8 de noviembre de 2019
- Repertorio
- 21601
- Comuna
- Santiago
Administración
Además, los actuales y únicos socios, conforme a lo dispuesto en la cláusula anterior, acuerdan que la administración, representación y uso de la razón social la seguirá ejerciendo en forma exclusiva el socio don RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT. En lo no modificado, siguen plenamente vigentes las estipulaciones contenidas en pacto social constitutivo. Santiago 13 de Noviembre del 2019
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMargarita Moreno Zamorano, Abogado Notario Público Interino 27º Notaria de Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, certifico: por escritura de fecha 08/11/2019, Repertorio Nº 21.601, ante mí, Don RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT, con domicilio para estos efectos en calle Teniente Montt N° 1962, departamento 504, comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago, por sí y en representación, de la sociedad "CMC ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN EMPRESARIAL SpA”, nombre de fantasía "CMC SpA", esta última con domicilio en Pasaje Aguirre número mil ciento cincuenta y ocho, comuna de Quinta Normal, ciudad de Santiago; doña MARCELA CONSTANZA FARÍAS LISPERGUIER, doña CAMILA ANDREA FARÍAS LISPERGUIER, ambas con domicilio en Parcela N° 142, Condominio Polo 1 Manquehue, Sector Chicureo, comuna de Colina, ciudad de Santiago; y doña CAROLINA XIMENA FARÍAS LISPERGUIER, con domicilio en calle Carlos Antúnez N° 1.869, departamento 208, block 19, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada, “ORTOPÉDICA LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 06-12-2007, otorgada en la Cuadragésima Primera Notaría de Santiago, de don Félix Jara Cadot, cuyo extracto se inscribió a fojas 53.138.-, número 37.545.-, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2007, y se publicó en el en la Cuadragésima Primera Notaría de Santiago de don Félix Jara Cadot, los accionistas en aquel entonces acordaron modificar la cláusula primera de los Estatutos Sociales, en cuanto al nombre de fantasía indicando los siguientes; ORTOPEDICA, ORTOPEDIAS CHILE, ORTOPEDIA CHILE, ORTOPEDIAS CHILE.CL, u ORTOPEDIA CHILE.CL, cuyo extracto se inscribió a fojas 3.457.-, número 2.287.-, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2009, y se publicó en el Diario Oficial dentro del plazo legal. Con fecha 15-12-2016, mediante escritura pública, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Myriam Elizabeth Amigo Arancibia, los accionistas en aquel entonces acordaron transformar la sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada, cuyo extracto se inscribió a fojas 93.906.-, número 51.089.-, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2016, y se publicó en el Diario Oficial dentro del plazo legal. Con fecha 06-02-2018, mediante escritura pública, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha, los socios acordaron modificar la sociedad en cuanto a su nombre de fantasía y administración, cuyo extracto se inscribió a fojas 22.012.-, número 11.712.-, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2018, y se publicó en el Diario Oficial dentro del plazo legal; Cesión de derechos: Uno) doña MARCELA CONSTANZA FARÍAS LISPERGUIER, vende, cede y transfiere el 100% de su participación o derechos sociales en la sociedad ya individualizada, porcentaje que corresponde al 16,67% de los derechos sociales del cedente en la sociedad ya individualizada, de la siguiente forma: a) el 15% de sus derechos sociales ya señalados en la sociedad a don RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT, quien adquiere, compra y acepta para si los derechos sociales antes mencionados; b) el 1,67% de sus derechos sociales ya señalados en la sociedad a la empresa "CMC ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN EMPRESARIAL SpA”, nombre de fantasía "CMC SpA", quien adquiere, compra y acepta para sí su representante legal los derechos sociales antes mencionados; Dos) doña CAMILA ANDREA FARÍAS LISPERGUIER, vende, cede y transfiere el 100% de su participación o derechos sociales en la sociedad ya individualizada, porcentaje que corresponde al 16,67% de los derechos sociales del cedente en la sociedad ya individualizada a don RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT, quien adquiere, compra y acepta para si los derechos sociales antes mencionados; y Tres) doña CAROLINA XIMENA FARÍAS LISPERGUIER, vende, cede y transfiere el 100% de su participación o derechos sociales en la sociedad ya individualizada, porcentaje que corresponde al 16,66% de los derechos sociales del cedente en la sociedad ya individualizada a don RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT, quien adquiere, compra y acepta para si los derechos sociales antes mencionados; Precio: Respecto de la cesión señalada en el número Uno) letra a) de la cláusula anterior el precio de la transferencia o cesión expresada es de $140.000.000.-, y se pagará en la forma estipulada en la escritura extractada, el cedente declara estar total y absolutamente conforme con la forma de pago del precio acordado; respecto de la cesión señalada en el número Uno) letra b) de la cláusula anterior el precio de la transferencia o cesión expresada es de $10.000.000.-, y se pagará en la forma estipulada en la escritura extractada, el cedente declara estar total y absolutamente conforme con la forma de pago del precio acordado; respecto de la cesión señalada en el número Dos) de la cláusula anterior el precio de la transferencia o cesión expresada es de $150.000.000.-, y se pagará en la forma estipulada en la escritura extractada, el cedente declara estar total y absolutamente conforme con la forma de pago del precio acordado; respecto de la cesión señalada en el número Tres) de la cláusula anterior el precio de la transferencia o cesión expresada es de $150.000.000.-, y se pagará en la forma estipulada en la escritura extractada, el cedente declara estar total y absolutamente conforme con la forma de pago del precio acordado. Como consecuencia de la cesión de derechos que dan cuenta las cláusulas precedentes, se modifica el pacto social en el sentido que los únicos y actuales socios de la sociedad “ORTOPÉDICA LIMITADA”, son: don RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT, dueño de un 98,33% de los derechos sociales; y la sociedad "CMC ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN EMPRESARIAL SpA”, nombre de fantasía "CMC SpA", dueña de un 1,67% de las derechos sociales; Administración, representación y uso de la razón social: Además, los actuales y únicos socios, conforme a lo dispuesto en la cláusula anterior, acuerdan que la administración, representación y uso de la razón social la seguirá ejerciendo en forma exclusiva el socio don RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT. En lo no modificado, siguen plenamente vigentes las estipulaciones contenidas en pacto social constitutivo. Santiago 13 de Noviembre del 2019.