AGRÍCOLA SAN JOSE DE RAUCO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de noviembre de 2019
- Repertorio
- 3721/2013
- Notario
- EDUARDO DEL CAMPO VIAL
- Domicilio
- Curicó
Sociedad
- Capital
- $25.000 CLP
Administración
Les corresponde separada e indistintamente a MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA y JUAN PABLO ESPINOSA LOHMAN. El
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DEL CAMPO VIAL, Notario Público Titular Curicó, Estado Nº 282, certifica: Por escritura pública de fecha 27 de noviembre de 2019, otorgada ante mí, doña MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA, domiciliada en Calle Yungay N°142, de la comuna de Curicó, don JUAN PABLO ESPINOSA LOHMANN, domiciliado en Lote 21 del loteo Bosques de Zapallar de la comuna de Curicó, don JOSE SEBASTIAN ESPINOSA LOHMANN, domiciliado en Villa don Rodrigo número 2569 de la comuna de Curicó, don WOLFGANG LORENZO LOHMANN CABROLIE, domiciliado Calle Yungay N°142 de la comuna de Curicó, resciliarón y modificaron la sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es “AGRÍCOLA SAN JOSE DE RAUCO LIMITADA”, del giro de su denominación, Rol Único Tributario Nº76.350.416-6, constituida por escritura pública de fecha 03 de diciembre del año 2013, bajo el repertorio Nº 3721/2013, otorgada ante el Notario Público de Curicó, don Rodrigo Domínguez Jara, se publicó en el Diario Oficial Nº40.724, del día 05 de diciembre del año 2013 y, su inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, rola a fojas 1680 N°1102 correspondiente al año 2013.- Luego, fue modificada por escritura pública de fecha 02 de mayo del año 2019, ante el Notario Público de Curicó don Eduardo del Campo Vial, bajo el repertorio N°1324/2019, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial Nº42.375, del día 10 de junio de 2019 y, inscribió a fojas 704 N°421, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó del año 2019.- Posteriormente fue modificada nuevamente por escritura pública de fecha 29 de agosto del año 2019, suscrita ante doña Maria Olga Trejos, suplente del titular don Eduardo Del Campo Vial, Notario Público de Curicó, Repertorio N°2576/2019. El extracto de esta escritura se publicó en el Diario Oficial Nº 42.446 el 04 de septiembre de 2019 y se inscribió a fojas 994 Nº 575 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, en el año 2019. RESCILIACIÓN: De común acuerdo, las partes contratantes, en forma libre y voluntaria resciliaron y dejaron sin efecto, en todas sus partes el contrato de modificación de sociedad de responsabilidad limitada de AGRICOLA SAN JOSE DE RAUCO LIMITADA, de fecha 29 de agosto 2019, repertorio 2575/2019, suscrito por escritura pública ante notario público de Curicó, don Eduardo Del Campo Vial, señalado con el numeral 3 de la cláusula anterior de este instrumento, de modo don WOLFGANG LORENZO LOHMANN CABROLIER, nunca dejó de ser socio y dueño del uno por ciento de los derechos sociales totales, de la sociedad y permanece vigente escritura pública de fecha 02 de mayo de 2019, otorgada ante el Notario Público Titular de la comuna de Curicó, don Eduardo del Campo Vial, inscrita a fojas 704 Nº 421 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, en el año 2019 y el extracto de esta escritura se publicó en el Diario Oficial Nº 42.375 el 10 de junio de 2019. MODIFICACIÓN: cesión y venta: don WOLFGANG LORENZO LOHMANN CABROLIER, con anuencia de sus socios vende, cede y transfiere a don JUAN PABLO ESPINOSA LOHMANN quien compra, acepta y adquiere para sí, el 50% (cincuenta por ciento) de los derechos sociales que tiene en la sociedad, equivalente al 0,5% (cero como cinco por ciento) del capital social, el precio de la venta es la suma única y total de $25.000.- Asimismo, por este acto don WOLFGANG LORENZO LOHMANN CABROLIE, con anuencia de los restantes socios por este mismo acto cede, vende y transfiere a don JOSE SEBASTIAN ESPINOSA LOHMANN, quien compra, acepta y adquiere para sí el 50% (cincuenta por ciento) restante de los derechos sociales que tiene en la sociedad, equivalente al 0,5% (cero como cinco por ciento) del capital social. El precio de la cesión es la suma única y total de $25.000.- que los cesionarios pagan al cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo y a su entera satisfacción. Actuales y únicos socios de la sociedad: Como consecuencia de la cesión de derechos son: MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA, don JUAN PABLO ESPINOSA LOHMAN y don JOSE SEBASTIAN ESPINOSA LOHMANN. Poderes de administración y representación: Les corresponde separada e indistintamente a MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA y JUAN PABLO ESPINOSA LOHMAN. El capital: es la suma de $5.000.000.-, aportados de la siguiente forma: a.- doña MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA, ha aportado y pagado la suma de $100.000.-, correspondiente al 1% del capital social; b.- don JUAN PABLO ESPINOSA LOHMANN, ha aportado y pagado la suma de $2.475.000.- (dos millones cuatrocientos setenta y cinco mil pesos), correspondiente al 49,5% del capital social c.- don JOSÉ SEBASTIÁN ESPINOSA LOHMANN, ha aportado y pagado la suma de $2.475.000; (dos millones cuatrocientos setenta y cinco mil pesos), correspondiente al 49,5% del capital social.. Utilidades: las utilidades se repartirán entre los socios: 1% para la socia doña MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA, un 49,5% para el socio don JUAN PABLO ESPINOSA LOHMANN, y un 49% para el socio don JOSÉ SEBASTIÁN ESPINOSA LOHMANN. Las eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios en la proporción en que reparten las utilidades.-Demás estipulaciones en escritura extractada Repertorio Nº3648/2019. Curicó, 28 de Noviembre de 2019.-