MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD EDUCACIONAL PINTA LUNA SpA

RUT 76401591-6 CVE 1690295
Capital
$17.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de noviembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de noviembre de 2019
Repertorio
64457
Notario
ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
Oficio
42 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$17.000.000 CLP

Referencias (1)

  • do publicacion
    DO N° 41058 del 16 de enero de 2015

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Notario Público Titular de la 42 Notaría de Santiago, Agustinas N°1070, Piso 2, Santiago, certifico por escritura pública de fecha 26-11-2019, repertorio N°64.457, ante mí, doña ISABEL MARGARITA CORTÉS MUÑOZ, doña KENIA ELIZABETH CARDEÑA OVIEDO, y don IVÁN ENRIQUE RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, únicos y actuales accionistas de “SOCIEDAD EDUCACIONAL PINTA LUNA SpA”, también “PINTA LUNA SpA”, rol único tributario N°76.401.591-6, la cual se constituyó por escritura pública de fecha 08 de enero del año 2015, otorgada en la 21 Notaría de Santiago de doña Myriam Amigo Arancibia, repertorio N°311, de la cual se inscribió un extracto a fojas 3244 N°2046 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2015, y publicó en la edición electrónica del Diario Oficial N°41.058 de fecha 16 de enero de 2015, con posterioridad, la sociedad no ha experimentado modificaciones; y exponen, que como titulares del total de las 1.700 acciones que conforman el capital social de $17.000.000.-, efectúan desde esta fecha la siguiente modificación a la compañía: Modificar la administración de la sociedad, establecida en la cláusula quinta de los estatutos sociales, en el sentido de revocar todos los poderes conferidos con anterioridad a esta fecha, especialmente, aquellos concedidos mediante escritura pública de fechas 08 de enero de 2015, y establecer que la administración de la compañía en adelante corresponderá conjuntamente a doña NICOLE ELIZABETH HADDAD MARTÍNEZ, C.I. N°18.116.581-2, y a doña KENIA ELIZABETH CARDEÑA OVIEDO, C.I. N°10.162.237-1, con las facultades que se indican en escritura que se extracta.- Quedan plenamente vigentes y válidas cláusulas constitutivas, no alteradas por el documento que se extracta.- Demás estipulaciones en instrumento extractado.- Santiago, 26 de noviembre de 2019.-