SOCIEDAD DE ASESORIAS Y GESTION COPA DE ORO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de noviembre de 2019
- Notario
- N SOCIEDAD DE ASESORIAS Y GESTIONCOPA DE ORO LIMITADA GABY SOLEDAD HERNANDEZ SOTO
- Oficio
- Tercera Notaría de Copiapó
- Comuna
- Copiapó
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley N° 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalESCRITURA DE SANEAMIENTO MIGRACIÓN SOCIEDAD DE ASESORIAS Y GESTIONCOPA DE ORO LIMITADA GABY SOLEDAD HERNANDEZ SOTO, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Copiapó, en calle Colipí 351, Certifico: Que por escritura de esta fecha, ante mí: Don FARID FEDERICO NICOLÁS PATIÑO, C.I. Nº 5.307.3808, domiciliado en Los Carrera N° 1498, Comuna de Copiapó, Región de Atacama; doña KARLA ANTONIETA ROJAS MUÑOZ, C.I. Nº 10.340.620K, y don FARID JORGE NICOLÁS HIDALGO, C.I. Nº 12.403.2334, ambos domiciliados en Avenida Costanera N° 961, Comuna de Copiapó, Región de Atacama; los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan sus identidades con las cédulas señaladas, y expusieron que: A) Con fecha 27 de diciembre de 2013, constituyeron ante el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades una sociedad de responsabilidad limitada, SOCIEDAD DE ASESORIAS Y GESTION COPA DE ORO LIMITADA, Rol Unico Tributario Nº 76.334.6226. B) El Registro de Empresas y Sociedades, mediante Certificado de Vigencia de 17 de octubre de 2019, certifica que la sociedad individualizada migró al Régimen General con fecha 30 de septiembre del 2019. La sociedad está inscrita a fojas 388 número 223 correspondiente al Registro de Comercio del año 2019 de Copiapó. C) Capital social: $5.000.000, enteramente suscrito y pagado en dinero efectivo. Don FARID FEDERICO NICOLÁS PATIÑO pagó el 33 por ciento del capital social, equivalente a $1.650.000, en dinero efectivo; doña KARLA ANTONIETA ROJAS MUÑOZ pagó el 33 por ciento del capital social equivalente a $1.650.000, en dinero efectivo; y don FARID JORGE NICOLÁS HIDALGO pagó el 34 por ciento del capital social equivalente a $1.700.000, en dinero efectivo. Capital social enteramente suscrito y pagado. D) Por problemas de comunicaciones del Ministerio de Economía, el extracto de la sociedad señalada fue publicado fuera de plazo en el Diario Oficial. E) Atendido lo anterior, por este instrumento y en virtud de lo expuesto y dispuesto en la Ley N° 19.499 y con el objeto de sanear el vicio descrito, consistente en la publicación en el Diario Oficial fuera del plazo legal, el compareciente otorga escritura pública de saneamiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo tercero de la ley citada, con el objeto de publicar en el Diario Oficial, el extracto de la presente escritura pública de saneamiento, con lo que se sanean los vicios indicados precedentemente. Demás estipulaciones en escritura extractada. COPIAPO, 25 NOVIEMBRE 2019.