Instrumento
- Fecha
- 26 de noviembre de 2019
- Repertorio
- 6936
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Oficio
- Notaría de San Miguel
- Comuna
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje y cualquier otra forma de explotación de bienes raíces; la inversión en efectos de comercio, títulos y valores mobiliarios; la formación y participación en sociedades, tanto nacionales como extranjeras, comunidades, asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza y giro; y cualquier actividad de inversión relacionada con las anteriores. Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá constituir, formar parte, ingresar, participar o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de la Notaría de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4.886, comuna de San Miguel, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 26 de noviembre de 2019, Repertorio N°6936, ante mí, Fondo de Inversión Privado Desarrollo Andes del Sur, domiciliado para estos efectos en calle Augusto Leguia Norte N°100, oficina 702, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, y de paso por esta ciudad, constituyó una sociedad por acciones, de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: Se constituye una sociedad por acciones denominada ‘’INVERSIONES PERÚ SpA”. Domicilio: La Sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de lo cual la Sociedad podrá establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en otros lugares del país como en el extranjero. Duración: La duración de la sociedad es indefinida. Objeto. La sociedad tendrá por objeto la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje y cualquier otra forma de explotación de bienes raíces; la inversión en efectos de comercio, títulos y valores mobiliarios; la formación y participación en sociedades, tanto nacionales como extranjeras, comunidades, asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza y giro; y cualquier actividad de inversión relacionada con las anteriores. Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá constituir, formar parte, ingresar, participar o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o capital. Capital Social: El capital social asciende a la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, todas de una misma serie y de igual valor, sin valor nominal ni privilegios, íntegramente suscritas y pagadas. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 27 de noviembre de 2019.