CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES ASERTEC SpA

RUT 13698181-1 CVE 1690191
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
22 de noviembre de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
22 de noviembre de 2019
Repertorio
120209-2019
Notario
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
Oficio
2ª Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) compra y venta de toda clase de bienes inmuebles de cualquier clase, arrendamiento de éstos, b) Compra, venta y arrendamiento de toda clase de bienes muebles, c) La participación en la constitución de toda clase de sociedades y formar parte en las ya constituidas en conformidad a la ley, d) la prestación de servicios jurídicos de cualquier clase, a personas naturales, jurídica, y a la Administración del Estado, servicios públicos centralizados, descentralizados, Municipalidades y cualquier órgano de la Administración Pública, e) la ejecución de cualquier acción relacionada con la actividad inmobiliaria, y f) En general, cualquier actividad o negocio relacionado con el comercio nacional o internacional, desarrollo de actividades civiles, industriales, agroindustriales, agrícolas, forestales y tener participación en otros negocios que se relacionen con su giro como también realizar cualquier otra actividad que los accionistas acuerden realizar

Administración

Don FERNANDO ALBERTO CERDA NAVARRO, al ser el único accionista, se designa a sí mismo como administrador de la sociedad quien la administrará, representará y tendrá el uso exclusivo de la razón social de la sociedad con las facultades establecidas en el artículo octavo de este estatuto

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular 2ª Notaría Santiago, Amunátegui 73, certifica: por escritura pública hoy ante mí, Repertorio Nº120.209-2019, don FERNANDO ALBERTO CERDA NAVARRO, Chileno, Soltero, Abogado, cédula nacional de identidad número 13.698.181-1, domiciliado para estos efectos en calle Miraflores 178, oficina número 1101, comuna y ciudad de Santiago, constituyó sociedad por acciones: Razón Social. INVERSIONES ASERTEC SpA. Nombre Fantasía. ASERTEC SpA. Domicilio. El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. Duración. El plazo de duración de esta sociedad será indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) compra y venta de toda clase de bienes inmuebles de cualquier clase, arrendamiento de éstos, b) Compra, venta y arrendamiento de toda clase de bienes muebles, c) La participación en la constitución de toda clase de sociedades y formar parte en las ya constituidas en conformidad a la ley, d) la prestación de servicios jurídicos de cualquier clase, a personas naturales, jurídica, y a la Administración del Estado, servicios públicos centralizados, descentralizados, Municipalidades y cualquier órgano de la Administración Pública, e) la ejecución de cualquier acción relacionada con la actividad inmobiliaria, y f) En general, cualquier actividad o negocio relacionado con el comercio nacional o internacional, desarrollo de actividades civiles, industriales, agroindustriales, agrícolas, forestales y tener participación en otros negocios que se relacionen con su giro como también realizar cualquier otra actividad que los accionistas acuerden realizar. Capital. El capital social es la suma de un $1.000.000.-, divididos en 10 acciones nominativas de un valor de $100.000.- cada una, y sin valor nominal y de única serie. Administración. Don FERNANDO ALBERTO CERDA NAVARRO, al ser el único accionista, se designa a sí mismo como administrador de la sociedad quien la administrará, representará y tendrá el uso exclusivo de la razón social de la sociedad con las facultades establecidas en el artículo octavo de este estatuto. Demas cláusulas en escritura extractada. Santiago, 22 Noviembre 2019.