ARTÍCULOS FARMACÉUTICOS RIVEROS Y GARCÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de septiembre de 2019
- Notario
- FRANCISCO VARAS FERNÁNDEZ
- Oficio
- Notaría Trigésima Segunda
- Comuna
- Trigésima Segunda
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO VARAS FERNÁNDEZ, Abogado, Notario Público, Titular de la Notaría Trigésima Segunda, con oficio en Paseo Phillips 23, de la comuna de Santiago, certifica: por escritura pública de fecha 26/09/2019, repertorio número 15.792-2019, otorgada ante mí, don SAMUEL ALEX IVAN FERNANDO GARCÍA ARANCIBIA; don ALEJANDRO ANDRES GARCÍA RIVEROS; y, don LEONARDO DANIEL GARCÍA RIVEROS, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en calle Miraflores 666, departamento 804, comuna de Santiago, modificaron y transformaron la sociedad “ARTÍCULOS FARMACÉUTICOS RIVEROS Y GARCÍA LIMITADA”, rol único tributario número setenta y seis millones cincuenta y seis mil ochenta y siete guion uno, inscrita en extracto a fojas 19.933 N° 13.568 del año 2009 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en los términos siguientes: I.- MODIFICACIONES: i) Se dejó constancia de la partición de la comunidad hereditaria habida al fallecimiento de doña HILDA PAULINA RIVEROS WAINSTEIN, efectuada, por escritura pública de fecha 26/09/2019, ante mí, en que se adjudicaron los derechos sociales de la causante en la sociedad ARTÍCULOS FARMACÉUTICOS RIVEROS Y GARCÍA LIMITADA, ascendente al 90%; a sus herederos, asignándose a don LEONARDO DANIEL GARCÍA RIVEROS, el ochenta por ciento de dichos derechos sociales; a don SAMUEL ALEX IVAN FERNANDO GARCÍA ARANCIBIA, el cinco por ciento de dichos derechos sociales; y a don ALEJANDRO ANDRES GARCÍA RIVEROS, el cinco por ciento restante de dichos derechos sociales. ii) Como consecuencia de la partición y adjudicación de los derechos sociales, don LEONARDO DANIEL GARCÍA RIVEROS, queda como titular del 90% del total de los derechos sociales; y se incorporan como nuevos socios, don SAMUEL ALEX IVAN FERNANDO GARCÍA ARANCIBIA, con el 5% del total de los derechos sociales; y don ALEJANDRO ANDRES GARCÍA RIVEROS, con el 5% del total de los derechos sociales. iii) Como consecuencia de las adjudicaciones e incorporación de nuevos socios, acordaron modificar el artículo quinto de los estatutos sociales, referido al capital que en materia de extracto se resume como sigue: Capital, $10.000.000.- que los socios han enterado y aportado en dinero efectivo con anterioridad a este acto, de la siguiente forma: a) Don LEONARDO DANIEL GARCÍA RIVEROS, la suma de $9.000.000.- equivalentes al 90% del capital social; b) don SAMUEL ALEX IVAN FERNANDO GARCÍA ARANCIBIA, la suma de $500.000.- equivalentes al 5% del capital social; y don ALEJANDRO ANDRES GARCÍA RIVEROS, la suma de $500.000.- equivalentes al 5% del capital social. II.- TRANSFORMACIÓN: i) Los únicos actuales socios de la sociedad “ARTÍCULOS FARMACÉUTICOS RIVEROS Y GARCÍA LIMITADA”, acordaron su transformación en sociedad por acciones (SpA), cambiando su nombre o razón social al de “ARTÍCULOS FARMACÉUTICOS RIVEROS Y GARCÍA SpA, a partir de fecha de escritura, y cuyos estatutos en materia de extracto se resumen como sigue: Nombre, “ARTÍCULOS FARMACÉUTICOS RIVEROS Y GARCÍA SpA”, pudiendo utilizar ante terceros, incluso ante los bancos e instituciones financieras, el nombre de fantasía de “R Y G FARMA SpA”. Domicilio, Santiago, sin perjuicio de las agencias y sucursales que puedan establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Duración, indefinida, sin perjuicio de su disolución en los casos que la Ley y estos estatutos establecen. Objeto, a) La Compraventa, permuta, distribución, consignación, importación, y preparación de productos farmacéuticos y de medicamentos para uso, ingestión, o consumo humano; b) La compraventa de alimentos propios o de terceros, drogas, hierbas, homeopatía, y toda clase de remedios, artefactos, instrumentos y demás que digan relación con la salud humana con su tratamiento, cuidado y mejoramiento; c) Lentes y despacho de recetas éstos, otros de óptica; d) Máquinas fotográficas y sus rollos, chocolates y otras golosinas; e) Toda clase de productos de cosméticos, perfumes, y de aseo, para vender en esta clase de establecimiento; f) Cualquier actividad relacionada en la actualidad o en el futuro con lo dicho; y g) Cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. Capital, diez millones de pesos, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, suscritas y pagadas íntegramente con anterioridad a este acto, en dinero efectivo al momento de constituirse como sociedad de responsabilidad limitada por sus actuales accionistas, a) Don LEONARDO DANIEL GARCÍA RIVEROS, ha suscrito novecientas acciones, por un valor total de nueve millones de pesos, equivalentes al noventa por ciento del capital social, ya pagados; b) don SAMUEL ALEX IVAN FERNANDO GARCÍA ARANCIBIA, ha suscrito cincuenta acciones, por un valor total de quinientos mil pesos, equivalentes al cinco por ciento del capital social, ya pagados; y, don ALEJANDRO ANDRES GARCÍA RIVEROS, ha suscrito cincuenta acciones, por un valor total de quinientos mil pesos, equivalentes al cinco por ciento del capital social, ya pagados. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de Septiembre de 2019.-