INVERSIONES ALEXA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de noviembre de 2019
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad es Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tiene por objeto efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualesquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. La sociedad podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, Abogado, Notario Público de San Miguel, domiciliado en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4886, comuna de San Miguel, Región Metropolitana, certifica: Que, por escritura pública de fecha 25 de noviembre de 2019, ante mí, don NICHOLAS MILAN LEONTIC MONTERO, cédula de identidad N° 18.022.662-1 y doña VERÓNICA MONTERO PURVIANCE, cédula de identidad N° 5.741.049-3, ambos domiciliados en Avenida Los Refugios del Arrayán N° 17.770, parcela 5, Lomas Suaves, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, acordaron reformar los estatutos de INVERSIONES ALEXA LIMITADA, inscrita a fojas 27.454 N° 20.691 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2011 en el sentido de modificar su razón social a “INVERSIONES DELFINA LIMITADA”. Para estos efectos, acordaron reemplazar el artículo segundo de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Segundo: La razón social de la sociedad será “INVERSIONES DELFINA LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier otro organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “INVERSIONES DELFINA LTDA.”, el que obligará a la sociedad de la misma manera que si actuara con su razón social íntegra”. Asimismo, los actuales y únicos socios de la sociedad, esto es, don NICHOLAS MILAN LEONTIC MONTERO y doña VERÓNICA MONTERO PURVIANCE, acordaron transformar la sociedad a sociedad anónima, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: El nombre de la sociedad será INVERSIONES DELFINA S.A. pudiendo utilizar como nombre de fantasía, incluso ante los bancos e instituciones financieras, el nombre DELFINA S.A.; Domicilio: El domicilio de la sociedad es Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de los domicilios especiales de las agencias, sucursales u oficinas que pueda establecer en cualquier otro lugar de Chile o en el extranjero; Duración: La duración de la sociedad será indefinida; Objeto: La sociedad tiene por objeto efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualesquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. La sociedad podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los accionistas. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas; Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de $1.000.000, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal. Capital íntegramente suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha, conforme se indica en artículo primero transitorio de los estatutos sociales. Demás estipulaciones en escritura extractada. JORGE REYES BESSONE, Notario Público. Santiago, 25 de noviembre de 2019.