CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inmobiliaria Livo SpA

RUT 79877990-7 CVE 1689999
Capital
$231.437.967 CLP
Fecha instrumento
19 de noviembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
19 de noviembre de 2019
Repertorio
16085/2019
Notario
María Pilar Gutiérrez Rivera
Oficio
18 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$231.437.967 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

María Pilar Gutiérrez Rivera, Notario Público Titular de la 18 Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 669, piso 8, Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha ocho de Noviembre de 2019, Repertorio N° 16.085/2019, ante mí, Inversiones y Asesorías Olivos Limitada, rol único tributario 79.877.990-7 e Inversiones Río Santa Limitada, rol único tributario 76.349.800-K, constituyeron la sociedad por acciones denominada Inmobiliaria Livo SpA, nacida de la división de La Pastora S.A. El objeto de la sociedad será a) la explotación inmobiliaria de cualquiera clase de bienes raíces; b) la adquisición de bienes raíces, muebles, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualquier otros bienes, y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles; y c) la ejecución por cuenta propia o ajena de toda clase de obras de edificación, urbanización y construcción en general, la ejecución de todo tipo de obras civiles, de montajes e instalaciones, y la prestación de servicios de ingeniería, construcción, movimientos de tierra y arrendamientos de maquinarias y equipos, tanto en el país como en el extranjero. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. El capital de la sociedad es la suma de $231.437.967, dividido en 100.000 acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, capital que se encuentra totalmente suscrito y pagado. Accionistas declaran responsabilidad limitada hasta monto de su aporte. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 19 de noviembre de 2019.