Instrumento
- Fecha
- 22 de noviembre de 2019
- Repertorio
- 22449-2019
- Notario
- MARGARITA MORENO ZAMORANO
- Oficio
- Vigésima Séptima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tiene por
Administración
La Sociedad será administrada por un “Administrador” o “Gerente”, quien representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición. La administración la ejercerá don Matías Lewin Urzúa de acuerdo al Artículo Segundo Transitorio de la escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARGARITA MORENO ZAMORANO, Notario Público Interino de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco Nº 0153, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifica: por escritura pública de fecha veintidós de noviembre de 2019, ante mí, Repertorio 22449-2019, don MATÍAS LEWIN URZÚA, cédula de identidad N° 12.021.202-8, domiciliado en General John O’Brien 2221, oficina 61, Vitacura, Santiago, constituyó sociedad por acciones, de cuyo contrato social extracto: Razón Social. "MINERA NORTE UNO SpA". Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de sucursales que puedan establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o del extranjero. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Accionista Concurrente A Constitución: MATÍAS LEWIN URZÚA. Objeto Social: La sociedad tiene por objeto: a) Inversión en toda clase de bienes, muebles o inmuebles, acciones, bonos y similares; b/Inversión tanto en pertenencias mineras, sean manifestaciones, concesiones de exploración o explotación y, en general, cualquier otra propiedad minera, independiente de su denominación y/o constitución; como en derechos de aprovechamiento de aguas, así como solicitudes de tramitación de los mismos y concesiones en general; c) El desarrollo de actividades de exploración y explotación minera, así como el desarrollo, explotación y uso de los derechos de aprovechamiento de aguas; ya sea que éstas se arrienden, concedan o adquieran a cualquier título, respecto de todo tipo de sustancias minerales que la ley permita; d) La compra, venta, arrendamiento y administración, por cuenta propia o ajena, de pedimentos mineros o manifestaciones mineras y de derechos de aprovechamiento de agua; y, e) las demás actividades que acuerden los accionistas y que se vinculen con las anteriores. Capital: El capital social es la suma un millón de pesos, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de una única serie y de igual valor cada una. El capital de la Sociedad se suscribe y paga de la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio de la escritura extractada. Administración: La Sociedad será administrada por un “Administrador” o “Gerente”, quien representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición. La administración la ejercerá don Matías Lewin Urzúa de acuerdo al Artículo Segundo Transitorio de la escritura extractada. Otras estipulaciones constan en escritura que extracto. Santiago, 22 de noviembre de 2019.