DARNEL CHILE S.A.
Instrumento
- Fecha
- 13 de septiembre de 2019
- Comuna
- Santiago
Objeto social
la realización de toda clase de negocios relacionados con la producción, comercialización, compra, venta, distribución, representación, importación o exportación de todo tipo de objetos plásticos y de otros materiales para la construcción y otros objetos, tales como techumbres, de plástico y otros materiales, estanques plásticos, vallas plásticas de tránsito y otros, también de cajas y envases, empaques y material de embalaje para la industria alimenticia, decoración, construcción y otros, sea que actúe por cuenta propia o ajena; la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, administrarlos por cuenta propia o ajena y percibir sus frutos. Además, la sociedad podrá concurrir a la formación de sociedades de cualquier naturaleza e incorporarse a sociedades ya existentes y, en general, la realización de toda clase de actividades relacionadas con lo dicho, actualmente o en el futuro, y cualquier otro negocio que los socios determinen de común acuerdo, lo cual no será necesario acreditar ante terceros.”. Santiago, 8 de Noviembre de 2019. María Loreto Zaldívar Grass. Notario Suplente
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Loreto Zaldívar Grass, Suplente del Titular Vigésimo Sexta Notaría Santiago, don Humberto Quezada Moreno, Huérfanos N° 835, 2º piso, certifica: que con fecha 6 de Noviembre de 2019, ante mí, se redujo a escritura pública Acta Junta General Extraordinaria Accionistas de “DARNEL CHILE S.A.”, celebrada el 13 de Septiembre de 2019, en la que se acordó modificar el objeto social, sustituyendo el artículo tercero estatutos sociales, por siguiente extractado: “Artículo Tercero: Objeto: la realización de toda clase de negocios relacionados con la producción, comercialización, compra, venta, distribución, representación, importación o exportación de todo tipo de objetos plásticos y de otros materiales para la construcción y otros objetos, tales como techumbres, de plástico y otros materiales, estanques plásticos, vallas plásticas de tránsito y otros, también de cajas y envases, empaques y material de embalaje para la industria alimenticia, decoración, construcción y otros, sea que actúe por cuenta propia o ajena; la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, administrarlos por cuenta propia o ajena y percibir sus frutos. Además, la sociedad podrá concurrir a la formación de sociedades de cualquier naturaleza e incorporarse a sociedades ya existentes y, en general, la realización de toda clase de actividades relacionadas con lo dicho, actualmente o en el futuro, y cualquier otro negocio que los socios determinen de común acuerdo, lo cual no será necesario acreditar ante terceros.”. Santiago, 8 de Noviembre de 2019. María Loreto Zaldívar Grass. Notario Suplente.