ASESORIAS E INVERSIONES FLOW-ING LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de noviembre de 2019
- Notario
- LORENA ELISA QUINTANILLA LEÓN
- Oficio
- Tercera Notaría de San Miguel
- Comuna
- San
Sociedad
- Capital
- $2.000 CLP
Administración
La administración de la sociedad, el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la misma corresponderá a cualquiera de los socios, separada e indistintamente, quienes anteponiendo a la razón social su firma, la representarán con las más amplias facultades ante cualquier persona, autoridad o institución civil, pública, municipal, privada, bancaria, de fomento, de crédito o financiera, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos…” Amplias facultades detalladas en escritura extractada. En todo lo no modificado rige plenamente el pacto social. Capital social estatutario: $2.000.000 según cláusula cuarta escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLORENA ELISA QUINTANILLA LEÓN, Notario Público Titular Tercera Notaría de San Miguel, Gran Avenida José Miguel Carrera 2836-A, San Miguel, certifica: Por escritura pública de fecha 6 de noviembre de 2019, ante mí: FRANCISCO JAVIER OLGUÍN OLGUÍN, domiciliado en Morandé N°626, dpto. 706, comuna de Santiago y TATIANA MARTA ANDREA LAZCANO BRAVO, domiciliada en Avda. Salvador N°1.050, casa R, comuna de Providencia, ambos de paso por esta, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “ASESORIAS E INVERSIONES FLOW-ING LIMITADA”, nombre de fantasía “FLOW-ING LTDA.”, extracto inscrito en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 24.246 N° 13.458 del año 2016, y publicado en el Diario Oficial de fecha 7 de abril de 2016. Comparecientes modifican la cláusula quinta del pacto social, por la siguiente: “QUINTO: ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad, el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la misma corresponderá a cualquiera de los socios, separada e indistintamente, quienes anteponiendo a la razón social su firma, la representarán con las más amplias facultades ante cualquier persona, autoridad o institución civil, pública, municipal, privada, bancaria, de fomento, de crédito o financiera, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos…” Amplias facultades detalladas en escritura extractada. En todo lo no modificado rige plenamente el pacto social. Capital social estatutario: $2.000.000 según cláusula cuarta escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Miguel, 22 de noviembre de 2019.-