MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORIAS E INVERSIONES FLOW-ING LIMITADA

RUT 76530826-7 CVE 1688875
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
6 de noviembre de 2019
Notaría
San

Instrumento

Fecha
6 de noviembre de 2019
Notario
LORENA ELISA QUINTANILLA LEÓN
Oficio
Tercera Notaría de San Miguel
Comuna
San

Sociedad

Capital
$2.000 CLP

Administración

La administración de la sociedad, el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la misma corresponderá a cualquiera de los socios, separada e indistintamente, quienes anteponiendo a la razón social su firma, la representarán con las más amplias facultades ante cualquier persona, autoridad o institución civil, pública, municipal, privada, bancaria, de fomento, de crédito o financiera, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos…” Amplias facultades detalladas en escritura extractada. En todo lo no modificado rige plenamente el pacto social. Capital social estatutario: $2.000.000 según cláusula cuarta escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LORENA ELISA QUINTANILLA LEÓN, Notario Público Titular Tercera Notaría de San Miguel, Gran Avenida José Miguel Carrera 2836-A, San Miguel, certifica: Por escritura pública de fecha 6 de noviembre de 2019, ante mí: FRANCISCO JAVIER OLGUÍN OLGUÍN, domiciliado en Morandé N°626, dpto. 706, comuna de Santiago y TATIANA MARTA ANDREA LAZCANO BRAVO, domiciliada en Avda. Salvador N°1.050, casa R, comuna de Providencia, ambos de paso por esta, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “ASESORIAS E INVERSIONES FLOW-ING LIMITADA”, nombre de fantasía “FLOW-ING LTDA.”, extracto inscrito en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 24.246 N° 13.458 del año 2016, y publicado en el Diario Oficial de fecha 7 de abril de 2016. Comparecientes modifican la cláusula quinta del pacto social, por la siguiente: “QUINTO: ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad, el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la misma corresponderá a cualquiera de los socios, separada e indistintamente, quienes anteponiendo a la razón social su firma, la representarán con las más amplias facultades ante cualquier persona, autoridad o institución civil, pública, municipal, privada, bancaria, de fomento, de crédito o financiera, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos…” Amplias facultades detalladas en escritura extractada. En todo lo no modificado rige plenamente el pacto social. Capital social estatutario: $2.000.000 según cláusula cuarta escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Miguel, 22 de noviembre de 2019.-