CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TRANSPORTES SANTA ELIANA LIMITADA

RUT 17993351-9 CVE 1687500
Fecha instrumento
4 de noviembre de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
4 de noviembre de 2019
Notario
PATRICIA BAHAMONDE VEGA
Domicilio
Viña del Mar

Sociedad

Domicilio
El domicilio social será la ciudad de Valparaíso
Duración
- La sociedad comenzará a regir desde la fecha de su inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso y tendrá una duración de cinco años renovándose tácita y sucesivamente por periodos de cinco años si ninguno de los socios manifestase su voluntad de ponerle término al final del periodo que estuviese en curso, mediante escritura pública que se anotará al margen de la inscripción de la sociedad y se notificará, además a los socios mediante carta certificada, todo con una anticipación, a lo menos de tres meses antes del fin del respectivo periodo

Objeto social

- El objeto de la sociedad será desarrollar la actividad del transporte, nacional e internacional, cargas sólidas, liquidas o gaseosas, fletes en vehículos propios o ajenos, efectuar negocios relacionados directa o indirectamente con el transporte, importar vehículos para cumplir el objetivo social o repuestos para los mismos, establecer talleres mecánicos para la reparación de vehículos propios o de terceros, adquirir los elementos necesarios para tales talleres y constituir sociedades de cualquier tipo relacionadas con el objeto social y celebrar toda clase de actos y contratos conducente al objetivo social. Asimismo, podrá efectuar todo tipo de inversiones financieras en cualquier producto que ofrezcan los bancos en obras, instituciones reconocidas por el estado y contratar seguros para cubrir los riesgos de los vehículos

Administración

- La administración y el uso de la razón social corresponderá, conjuntamente, a los socios Constanza Letizia Bejarano Soracco y Francisca Bejarano Soracco quienes actuando por la sociedad y, anteponiendo la razón social a su firma, la representación con las más amplias facultades, señaladas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIA BAHAMONDE VEGA, Abogado, Notario Público de Viña del Mar, con oficio en Doce Norte número setecientos ochenta y cinco piso tres, Suplente del titular LUIS FISCHER YAVAR, certifico: por escritura pública con fecha 04/11/2019 ante titular, doña CONSTANZA LETIZIA BEJARANO SORACCO, cédula nacional de identidad y Rut. 17.993.351-9, domiciliada en Avenida Laguna de Curauma número mil ciento ochenta, comuna de Valparaíso, doña FRANCISCA BEJARANO SORACCO, cédula nacional de identidad y Rut. 15.830.492-9, domiciliada en Lote nueve entre las Parcela setenta y uno y setenta y tres, Sector Melosilla, comuna de Casablanca y doña MARTA SORACCO COSTA, cédula nacional de identidad y rut. 6.339.070-4, domiciliada en Avenida Laguna de Curauma número mil ciento ochenta, comuna de Valparaíso, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada en conformidad a las disposiciones de la Ley tres mil novecientos dieciocho de catorce de mayo de mil novecientos veintitrés y sus modificaciones posteriores, teniendo, además, presentes las normas pertinentes del Código Civil y del Código de Comercio que versan sobre la materia. RAZON SOCIAL. La razón social será "TRANSPORTES SANTA ELIANA LIMITADA", sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar, inclusive, ante los bancos con el nombre de fantasía "TRANSPORTES SANTA ELIANA LTDA." DOMICILIO. El domicilio social será la ciudad de Valparaíso, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otras ciudades del país. OBJETO.- El objeto de la sociedad será desarrollar la actividad del transporte, nacional e internacional, cargas sólidas, liquidas o gaseosas, fletes en vehículos propios o ajenos, efectuar negocios relacionados directa o indirectamente con el transporte, importar vehículos para cumplir el objetivo social o repuestos para los mismos, establecer talleres mecánicos para la reparación de vehículos propios o de terceros, adquirir los elementos necesarios para tales talleres y constituir sociedades de cualquier tipo relacionadas con el objeto social y celebrar toda clase de actos y contratos conducente al objetivo social. Asimismo, podrá efectuar todo tipo de inversiones financieras en cualquier producto que ofrezcan los bancos en obras, instituciones reconocidas por el estado y contratar seguros para cubrir los riesgos de los vehículos. CAPITAL.- El capital social será la suma de cinco millones de pesos .- que los socios aportan y aportarán en la siguiente forma: a) Doña Constanza Letizia Bejarano Soracco aporta la suma de un millón setecientos cincuenta mil pesos .- equivalente al treinta y cinco por ciento del capital, habiendo ingresado en arcas sociales el total de su aporte. b) Doña Francisca Bejarano Soracco aporta la suma de un millón setecientos cincuenta mil pesos .-equivalente al treinta y cinco por ciento del capital, habiendo ingresado en arcas sociales el total de su aporte, y c) Doña Marta Soracco Costa, aporta la suma de un millón quinientos mil pesos .- equivalente al treinta por ciento del capital habiendo ingresado en arcas sociales el total de su aporte. DURACIÓN.- La sociedad comenzará a regir desde la fecha de su inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso y tendrá una duración de cinco años renovándose tácita y sucesivamente por periodos de cinco años si ninguno de los socios manifestase su voluntad de ponerle término al final del periodo que estuviese en curso, mediante escritura pública que se anotará al margen de la inscripción de la sociedad y se notificará, además a los socios mediante carta certificada, todo con una anticipación, a lo menos de tres meses antes del fin del respectivo periodo. ADMINISTRACION.- La administración y el uso de la razón social corresponderá, conjuntamente, a los socios Constanza Letizia Bejarano Soracco y Francisca Bejarano Soracco quienes actuando por la sociedad y, anteponiendo la razón social a su firma, la representación con las más amplias facultades, señaladas en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador para legalización. Viña del Mar, 21 de Noviembre de 2019.