DIETMAR NIEDERMAYR HUAZAN ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS METROPOLITANOS E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 14 de noviembre de 2019
- Comuna
- Providencia
Sociedad
- Domicilio
- La empresa tendrá como domicilio la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El Objeto de la sociedad será: a) La administración por cuenta propia y)o terceros, de edificios de departamentos, de oficinas, comunidades de copropietarios y condominios, y de locales comerciales e industriales, realizar todas las actividades inherentes a dicha administración, en especial, suministrar todos los servicios necesarios para el buen funcionamiento de éstos; cuidar, vigilar y reparar los bienes y servicios, de uso común, cobrar y percibir los gastos comunes, contratar seguros, contratar personal, contratar con empresas de consumo, representar a sus mandantes ante autoridades políticas, administrativas y judiciales; b) La compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento, tasaciones y corretaje de bienes inmuebles urbanos y rurales; c) gestiones y asesorías inmobiliarias, financieras, administrativas, estudio y ejecución de proyectos inmobiliarios y obras de construcción, por cuenta propia y ajena
Administración
La administración, representación judicial y extrajudicial, y el uso de la razón social de la empresa corresponderá al constituyente don Dietmar Rodrigo Niedermayr Huazan, con todas las facultades de administración y disposición, señaladas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFernando Celis Urrutia, Abogado, Notario de Santiago, Titular Segunda Notaría de Providencia, con Oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren Nº 2615, Providencia, Certifica: Por escritura pública hoy ante mí, don DIETMAR RODRIGO NIEDERMAYR HUAZAN, chileno, casado, ingeniero en agronegocios, de 48 años de edad, C.I. N° 10.234.503- 7, domiciliado en calle Murano número dos mil quinientos cincuenta y tres, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, constituyó una empresa individual de responsabilidad limitada: Nombre o razón social: “DIETMAR NIEDERMAYR HUAZAN ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS METROPOLITANOS E.I.R.L.”, sin embargo la sociedad podrá actuar y funcionar ante todo tipo de institución pública o privada, inclusive bancos e instituciones financieras con los siguientes nombres de fantasía: “ASSM. E.I.R.L.”, “ASSMI E.I.R.L.”, y “ASSM E.I.R.L.”.- Objeto: El Objeto de la sociedad será: a) La administración por cuenta propia y/o terceros, de edificios de departamentos, de oficinas, comunidades de copropietarios y condominios, y de locales comerciales e industriales, realizar todas las actividades inherentes a dicha administración, en especial, suministrar todos los servicios necesarios para el buen funcionamiento de éstos; cuidar, vigilar y reparar los bienes y servicios, de uso común, cobrar y percibir los gastos comunes, contratar seguros, contratar personal, contratar con empresas de consumo, representar a sus mandantes ante autoridades políticas, administrativas y judiciales; b) La compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento, tasaciones y corretaje de bienes inmuebles urbanos y rurales; c) gestiones y asesorías inmobiliarias, financieras, administrativas, estudio y ejecución de proyectos inmobiliarios y obras de construcción, por cuenta propia y ajena.- Capital: El capital de la empresa individual, será de un millón doscientos cincuenta mil pesos, cantidad que el constituyente aporta y entera al contado y en dinero efectivo, y que ingresa en este acto a la caja de la empresa.- Domicilio: La empresa tendrá como domicilio la ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otras ciudades del país o del extranjero.- Administración: La administración, representación judicial y extrajudicial, y el uso de la razón social de la empresa corresponderá al constituyente don Dietmar Rodrigo Niedermayr Huazan, con todas las facultades de administración y disposición, señaladas en escritura extractada.- Duración: La empresa comenzará a regir con esta fecha y tendrá una duración indefinida.- La constituyente limita su responsabilidad hasta concurrencia del monto de su aporte.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Providencia, 14 de Noviembre del año 2019.- Fernando Celis Urrutia, Abogado, Notario de Santiago, Titular Segunda Notaría de Providencia.-