Asesorías e Inversiones El Abedul Limitada
Instrumento
- Fecha
- 3 de octubre de 2019
- Repertorio
- 30051
- Notario
- KARINA FLORES MUÑOZ
- Oficio
- don Andrés Rieutord Alvarado Titular 36 Notaría de Santiago con oficio calle La Concepción 65
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley 18.046
Objeto social
El giro u objeto de la sociedad será: a) la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces; b) la inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, inmuebles o muebles; c) la explotación en cualquier forma de toda clase de bienes inmuebles o muebles, corporales o incorporales, la administración de dichas e inversiones y la obtención y percepción de sus frutos, beneficios o rentas; d) la prestación de asesorías comerciales, financieras, legales, inmobiliarias, contables y tributarias; e) la compra, venta, comercialización, importación y exportación de toda clase de bienes y servicios; f) la inversión, participación y administración de toda clase de sociedades, joint ventures, asociaciones y otras entidades con fines de lucro. La sociedad podrá desarrollar el objeto señalado, por cuenta propia o ajena, dentro o fuera del territorio nacional y podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de su negocio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad
Administración
Directorio que consta en escritura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA FLORES MUÑOZ, Notario Público Suplente de don Andrés Rieutord Alvarado Titular 36 Notaría de Santiago con oficio calle La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública 3 de octubre de 2019, Repertorio 30.051, otorgada ante Notario Titular, don Tomás Weiffenbach Ferrer, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero comercial, rut 10.260.727-9 y doña Pilar Bernardita Amenábar Grez, chilena, casada y separada totalmente de bienes, profesora, rut 13.829.036-0, ambos domiciliados en San Pío X N° 2.460, oficina 10, Providencia, Santiago, en calidad de únicos socios de Asesorías e Inversiones El Abedul Limitada, constituida con fecha 3 abril 2013, Notaria Humberto Santelices Narducci, inscrita a fojas 32.257 N° 21.546 Registro Comercio Santiago año 2013, publicada en el Diario Oficial 26 abril 2013, transformar Asesorías e Inversiones El Abedul Limitada, inscrita a fojas 32.257 N° 21.546, Registro Comercio Santiago año 2003, en sociedad anónima cerrada conforme Ley 18.046, su Reglamento y fijando nuevo texto de estatuto, como se indica a continuación: Razón social: “ASESORÍAS E INVERSIONES EL ABEDUL S.A.” pudiendo también actuar para fines publicitarios, de propaganda o bancarios, con la sigla comercial o nombre de fantasía de “EL ABEDUL S.A.”. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer oficinas, agencias o sucursales en otros lugares del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: El giro u objeto de la sociedad será: a) la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces; b) la inversión en toda clase de bienes corporales e incorporales, inmuebles o muebles; c) la explotación en cualquier forma de toda clase de bienes inmuebles o muebles, corporales o incorporales, la administración de dichas e inversiones y la obtención y percepción de sus frutos, beneficios o rentas; d) la prestación de asesorías comerciales, financieras, legales, inmobiliarias, contables y tributarias; e) la compra, venta, comercialización, importación y exportación de toda clase de bienes y servicios; f) la inversión, participación y administración de toda clase de sociedades, joint ventures, asociaciones y otras entidades con fines de lucro. La sociedad podrá desarrollar el objeto señalado, por cuenta propia o ajena, dentro o fuera del territorio nacional y podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de su negocio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, ordinarias, de una sola serie, y sin valor nominal, que se suscriben, enteran y pagan en la forma establecida en las disposiciones transitorias. Administración: Directorio que consta en escritura. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 14 de Noviembre de 2019.