MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD MEDICA KOPPMANN Y ALVAREZ LIMITADA

RUT 76128007-4 CVE 1687280
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
8 de noviembre de 2019
Notaría
Ñuñoa
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
8 de noviembre de 2019
Repertorio
3001
Notario
ARACELLI ALEJANDRA SANTIS SAEZ
Oficio
Titular Juan Eugenio Del Real Armas Primera Notaria de Ñuñoa
Comuna
Ñuñoa

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios profesionales en las diversas especialidades de la medicina, además de la realización de cualquiera otra actividad derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar, Organismos del Sector Público, Municipal o Privados, Clínicas, Hospitales, Consultas propias o ajenas; b) Los servicios de docencia en general, ya sea para la enseñanza de materias relacionadas a las actividades propias de la sociedad u otras materias, y la asesoría técnica en el área de la salud; c) Las actividades rentistas de capitales mobiliarios, y en general cualquier otro negocio que acordaren los socios en el futuro

Administración

La administración, representación y uso de la razón social le corresponderá en forma exclusiva al accionista don ANDRÉS CARLOS KOPPMANN ATTONI, el Administrador, quien, anteponiendo su firma a la razón social, podrá obligar válidamente a la sociedad en todos los actos y contratos que ejecute o celebre. Amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ARACELLI ALEJANDRA SANTIS SAEZ, Abogada, Notario Público Suplente del Titular Juan Eugenio Del Real Armas Primera Notaria de Ñuñoa, con oficio en Avenida Irarrázaval N° 1.745, Local B, Ñuñoa, Región Metropolitana, certifico: por escritura pública de fecha 08 de noviembre de 2019, Repertorio Nº 3.001, otorgada ante mí: doña XIMENA ALICIA ÁLVAREZ HERRERA, C.I. 12.623.256-K, y don ANDRÉS CARLOS KOPPMANN ATTONI, C.I. 10.706.528-8, ambos domiciliados en Echeñique N° 9012, casa 11, comuna de La Reina, Región Metropolitana, modificaron y transformaron “SOCIEDAD MEDICA KOPPMANN Y ALVAREZ LIMITADA”, RUT: 76.128.007-4, capital: $1.000.000., constituida por escritura pública de 16 de noviembre de 2010, 33° Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, extracto inscrito a fojas 63.004, N° 43.896 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2010, y publicado en la Edición N° 39.825 del Diario Oficial de fecha 02 de diciembre de 2010. Modificación: los socios modifican la cláusula Segunda de los Estatutos Sociales, que alude al objeto de la sociedad, reemplazando la redacción de dicha cláusula por la siguiente: “SEGUNDO: el objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios profesionales en las diversas especialidades de la medicina, además de la realización de cualquiera otra actividad derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar, Organismos del Sector Público, Municipal o Privados, Clínicas, Hospitales, Consultas propias o ajenas; b) Los servicios de docencia en general, ya sea para la enseñanza de materias relacionadas a las actividades propias de la sociedad u otras materias, y la asesoría técnica en el área de la salud; c) Las actividades rentistas de capitales mobiliarios, y en general cualquier otro negocio que acordaren los socios en el futuro.” Transformación: Los comparecientes transforman “SOCIEDAD MEDICA KOPPMANN Y ALVAREZ LIMITADA” en una sociedad por acciones. RAZÓN SOCIAL: “SOCIEDAD MEDICA KOPPMANN Y ALVAREZ SpA”, pudiendo usar el nombre de fantasía “Sociedad Médica KA SpA”. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o en el extranjero, y de los domicilios especiales que se pudieren establecer para la celebración de determinados actos y contratos. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios profesionales en las diversas especialidades de la medicina, además de la realización de cualquiera otra actividad derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro con ella, en forma directa o mediante convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar, Organismos del Sector Público, Municipal o Privados, Clínicas, Hospitales, Consultas propias o ajenas; b) Los servicios de docencia en general, ya sea para la enseñanza de materias relacionadas a las actividades propias de la sociedad u otras materias, y la asesoría técnica en el área de la salud; c) Las actividades rentistas de capitales mobiliarios, y en general cualquier otro negocio que acordaren los socios en el futuro. DURACIÓN: indefinida. ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: La administración, representación y uso de la razón social le corresponderá en forma exclusiva al accionista don ANDRÉS CARLOS KOPPMANN ATTONI, el Administrador, quien, anteponiendo su firma a la razón social, podrá obligar válidamente a la sociedad en todos los actos y contratos que ejecute o celebre. Amplias facultades. CAPITAL: $1.000.000.-, dividido en 100 acciones, nominativas, de igual valor, de una misma clase y sin valor nominal, el que ha quedado totalmente suscrito y pagado en dinero en efectivo a la fecha de la escritura, siendo ingresado en caja social en razón de: (Uno) doña XIMENA ALICIA ÁLVAREZ HERRERA suscribe 75 acciones, representativas de un 75% del capital social, por la suma de $750.000.-, y (Dos) don ANDRÉS CARLOS KOPPMANN ATTONI suscribe 25 acciones, representativas del 25% del capital social, por la suma de $250.000.- Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 08 de noviembre de 2019.