IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA AVIONIX LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de noviembre de 2019
- Repertorio
- 15527/2019
- Notario
- Cosme Fernando Gomila Gatica
- Oficio
- Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCosme Fernando Gomila Gatica, Notario Público Titular Cuarta Notaría de Santiago, Paseo Ahumada 341, 4° piso, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 04 de Noviembre de 2019, Repertorio Nº 15527/2019, ante mí, comparecen don RODRIGO ANDRES BAKER WEISS, calle Las Palmas número trescientos ochenta, departamento mil quinientos doce, comuna de Peñalolén; don JUAN PABLO SCHÜRMANN SEPULVEDA, Avenida Américo Vespucio Norte número veintidós, departamento mil doscientos tres, comuna Las Condes, Ciudad de Santiago, Región Metropolitana; y Don JUAN MIGUEL LA RIVERA RENTERIA, Los Cadetes número cuatro mil cuatrocientos ochenta, departamento doscientos uno, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana.; modifican sociedad “IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA AVIONIX LIMITADA” o “AVIONIX LTDA”, constituida mediante escritura pública de 13 de octubre del 2014, otorgada ante el Notario de Santiago don R. Alfredo Martin Illanes, repertorio número 3.504/2014, cuyo extracto fue inscrito a fojas 77.751 número 47.300 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2014 y publicado en el Diario Oficial con fecha 17 de octubre de 2014.La sociedad fue modificada por escritura pública de fecha 11 de Septiembre del año 2018, otorgada en la Notaría de Santiago de don Gonzalo Hurtado Morales, bajo el Repertorio número 3.120/2018. Un extracto de dicha escritura fue inscrito en el registro de comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2018 a fojas 72.128 número 37.005 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 27 septiembre de 2018.- Se acuerdan las siguientes modificaciones: 1) Por el presente instrumento don RODRIGO ANDRES BAKER WEISS, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, retirándose de la sociedad, a JUAN PABLO SCHÜRMANN SEPULVEDA y a JUAN MIGUEL LA RIVERA RENTERÍA, quienes los compran y aceptan para si, en partes iguales. El precio de la venta de los derechos es la suma de cinco millones de pesos que se pagan en este acto, de contado, dinero efectivo, por partes iguales, declarando el vendedor recibirlos a su entera conformidad.- 2) Como consecuencia de la cesión de derechos que dan cuenta el presente instrumento, quedan como únicos socios de la sociedad, con las participaciones que se indican, los siguientes socios: a) JUAN PABLO SCHÜRMANN SEPULVEDA con un cincuenta por ciento del haber social y JUAN MIGUEL LA RIVERA RENTERÍA con un cincuenta por ciento del haber social. 3) Los únicos y actuales socios modifican la cláusula Quinta del pacto social, en el sentido que la administración, representación y uso de la razón social corresponderá a ambos socios en forma conjunta, los que anteponiendo su firma a la razón social la representarán con todas y cada una de las facultades que en dicha cláusula se encuentren estipuladas.- Demás estipulaciones y acuerdos en escritura extractada.JJ