SOUTHERN TRADE LOGISTICS SpA
Instrumento
- Fecha
- 6 de noviembre de 2019
- Repertorio
- 3862-2019
- Notario
- VICTOR HUGO QUIÑONES SOBARZO
- Oficio
- Primera Notaría de Puerto Montt
- Comuna
- Puerto Montt
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVICTOR HUGO QUIÑONES SOBARZO, Notario Público Titular Primera Notaría de Puerto Montt, con oficio en Guillermo Gallardo 165, de esta ciudad, certifica: Que por escritura pública de fecha 06 de noviembre de 2019, repertorio N° 3862-2019, otorgada ante mí, YERKO IGNACIO DIAZ CARVAJAL domiciliado en Las Azaleas, Parcela 87 A, Parque Ivian, de la ciudad y comuna de Puerto Varas, y YERKO MARCELO DIAZ RAMIREZ domiciliado en Las Margaritas 1940 de la ciudad y comuna de Puerto Montt: 1º) Antecedentes sociales, por escritura pública de fecha 04 de Enero del año 2019, otorgada ante el Notario Público de Puerto Montt don Víctor Hugo Quiñones Sobarzo, bajo el repertorio número quince, don YERKO IGNACIO DIAZ CARVAJAL, constituyó la Sociedad por Acciones denominada “SOUTHERN TRADE LOGISTICS SpA o SOUTHERN TRADE LOGISTICS”, persona jurídica, rol único tributario número 76.982.158-9, con domicilio en la comuna de Puerto Varas 2º) Compraventa de acciones, don YERKO IGNACIO DIAZ CARVAJAL, vende, cede y transfiere a don YERKO MARCELO DIAZ RAMIREZ, quien compra, acepta y adquiere para sí, el cincuenta por ciento de las acciones y derechos que al vendedor le corresponden en la sociedad por acciones antes singularizada, esto es setecientos cincuenta acciones nominativas, unitarias, de una misma serie y sin valor nominal, en el precio de setecientos cincuenta mil pesos, las que se encuentran totalmente pagadas y enteradas a la caja social 3°) Así los accionistas de SOUTHERN TRADE LOGISTICS SpA, son actualmente: YERKO IGNACIO DIAZ CARVAJAL, titular un cincuenta por ciento del capital social; y don YERKO MARCELO DIAZ RAMIREZ titular un cincuenta por ciento del capital social. 4) Modificación de los estatutos sociales, conforme a las nuevas circunstancias, los actuales accionistas deciden modificar los Estatutos de la sociedad referida, en la cláusula referente a la administración de la sociedad, así la administración, representación y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a ambos socios: a don YERKO IGNACIO DIAZ CARVAJAL y a don YERKO MARCELO DIAZ RAMIREZ, pudiendo actuar en forma conjunta o separada y con idénticas facultades. De tal modo que anteponiendo cualquiera de ellos a su firma la razón social, podrán representarla judicial y extrajudicialmente, con las más amplias facultades, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, que guarden relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, demás facultades en escritura extractada. 5°) Los acuerdos no modificados por la presente escritura, se mantienen plenamente vigentes.- Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Puerto Montt, 21 noviembre 2019.