MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

MOE VARUA SpA

RUT 76435717-5 CVE 1686148
Fecha instrumento
14 de noviembre de 2019

Instrumento

Fecha
14 de noviembre de 2019
Notario
MARINA VALENZUELA SANCHA
Domicilio
Isla de Pascua

Personas y entidades (3)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
HELGA THIEME SUTTERLE socio 3468923-7
MAX ANDRÉS COVACEVICH THIEME socio 10024629-5
ALEXANDER BELA LIPTHAY THIEME socio 10024630-9

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARINA VALENZUELA SANCHA, Notario Público Suplente de Isla de Pascua, certifico: Que por escritura pública de fecha 14 de noviembre de 2019, ccomparecieron ante mí doña HELGA THIEME SUTTERLE, RUN 3.468.923-7, chilena, soltera, empresaria; don MAX ANDRÉS COVACEVICH THIEME, RUN 10.024.629-5, chileno, soltero, empleado, y don ALEXANDER BELA LIPTHAY THIEME, RUN 10.024.630-9 chileno, casado, empresario, representado por doña Helga Thieme Sutterle, todos domiciliados en Kaiŋa sin número de Isla de Pascua, y expusieron que: Por este acto, constando en el presente instrumento y con efecto a contar desde la fecha de dicha escritura pública, los comparecientes REVOCARON unánimemente la designación de la Gerente General de la sociedad MOE VARUA SpA hecha en el Artículo Primero Transitorio de la escritura social, y de común acuerdo y con efecto a contar de dicha fecha nombraron, en lugar de la saliente, como Gerente General de la Sociedad a don ALEXANDER BELA LIPTHAY THIEME, chileno, casado, empresario, cédula nacional de identidad número diez millones veinticuatro mil seiscientos treinta guión nueve, quien actuando individualmente, y anteponiendo su firma al nombre de la mandante, podrá representar a la Sociedad con todas y cada una de las facultades indicadas en los artículos Décimo Quinto y Décimo Sexto de los estatutos sociales, esto es, el Gerente General tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, y también las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia, pudiendo realizar, ejecutar y celebrar toda clase de actos, negocios, pactos, acuerdos y contratos, sin limitación alguna, y en particular; y sin que se entienda limitación alguna a las facultades y atribuciones amplias del Gerente General, éste tendrá las facultades especiales indicadas en el artículo Décimo Sexto de los estatutos sociales, las que, a mayor abundamiento, se dan por íntegramente reproducidas para estos efectos. El nuevo Gerente General, en uso de sus atribuciones, delegó todas sus facultades, a saber, las indicadas en el TÍTULO TERCERO, Artículo Décimo Sexto de la escritura social, las quese dan por íntegramente reproducidas para estos efectos, en la persona de doña HELGA THIEME SUTTERLE, cédula nacional de identidad número tres millones cuatrocientos sesenta y ocho mil novecientos veinte y tres guión siete. Demás cláusulas constan en la escritura pública de revocación, nombramiento y delegación de facultades. Isla de Pascua, 20 de noviembre de 2019.