INVERSIONES BLANQUITA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de octubre de 2019
- Notario
- OSCAR PELUCHONNEAU CÁDIZ
- Oficio
- Cuadragésima Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $600.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOSCAR PELUCHONNEAU CÁDIZ, abogado, Notario Público de la Cuadragésima Notaría Santiago, Suplente del Titular Alberto Mozó Aguilar, con Oficio ubicado en calle Teatinos N°332, Comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 28 de octubre de 2019, ante mí, doña BLANCA ISABEL RADDATZ ECHAVARRÍA, doña BLANCA ZULEMA PLAZA RADDATZ, don FRANCISCO VIAL VIAL, doña BLANCA MARÍA VIAL PLAZA, don FRANCISCO JOSÉ VIAL PLAZA, doña LORETO VIAL PLAZA, doña CATALINA VIAL PLAZA, y la sociedad ADMINISTRADORA PUYEHUE LIMITADA, todos domiciliados en Av. Kennedy N°9.070, oficina 1.501, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, celebraron “Aumento de Capital y Modificación de Estatutos INVERSIONES BLANQUITA LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 55.506 número 38.440, CBR Reg. Com. Stgo., año 2009, y acordaron: I.- AUMENTO DE CAPITAL. Se aumenta el capital social, de $600.000.000 a $600.060.006, que se materializa mediante el aporte de capital por $60.006, que realiza la sociedad ADMINISTRADORA PUYEHUE LIMITADA, al contado y en dinero efectivo y que ingresan en caja social. II.- MODIFICACIONES SOCIALES. Socios modificaron los artículos primero, quinto, séptimo y noveno, de los estatutos sociales, relativos a los socios, a la duración de la sociedad, al capital social, y a la administración y uso de la razón social, respectivamente, los que tendrán el siguiente tenor extractado: “ARTÍCULO PRIMERO. Son únicos socios de la sociedad, doña BLANCA ISABEL RADDATZ ECHAVARRÍA, doña BLANCA ZULEMA PLAZA RADDATZ, don FRANCISCO VIAL VIAL, doña BLANCA MARÍA VIAL PLAZA, don FRANCISCO JOSÉ VIAL PLAZA, doña LORETO VIAL PLAZA, doña CATALINA VIAL PLAZA y la sociedad ADMINISTRADORA PUYEHUE LIMITADA.” “ARTÍCULO QUINTO. La duración de la sociedad será de 40 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración expresa hecha por escritura pública, inscrita en el Registro de Comercio y anotada al margen de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad en el mismo Registro, todo ello con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo primitivo pactado o de cualquiera de sus prórrogas.” “ARTÍCULO SÉPTIMO. El capital de la sociedad es la suma de $600.060.006, íntegramente pagado con anterioridad a fecha de la escritura extractada y que se distribuye entre los socios en las siguientes proporciones: a) doña BLANCA ISABEL RADDATZ ECHAVARRÍA, con $6.000.000, equivalentes al 0,9999% del total de los derechos sociales; b) doña BLANCA ZULEMA PLAZA RADDATZ, con $276.000.000, equivalentes al 45,9954% del total de los derechos sociales; c) don FRANCISCO VIAL VIAL, con $30.000.000, equivalentes al 4,9995% del total de los derechos sociales; d) doña BLANCA MARÍA VIAL PLAZA, con $72.000.000, equivalentes al 11,9988% del total de los derechos sociales; e) don FRANCISCO JOSÉ VIAL PLAZA, con $72.000.000, equivalentes al 11,9988% del total de los derechos sociales; f) doña LORETO VIAL PLAZA, con $72.000.000, equivalentes al 11,9988% del total de los derechos sociales; g) doña CATALINA VIAL PLAZA, con $72.000.000, equivalentes al 11,9988% del total de los derechos sociales; y, h) la sociedad ADMINISTRADORA PUYEHUE LIMITADA, con $60.006, equivalentes al 0,01% del total de los derechos sociales.” “ARTÍCULO NOVENO. La administración de la sociedad y el uso de la razón social será ejercida exclusivamente a través de la sociedad ADMINISTRADORA PUYEHUE LIMITADA, que actuando a través de sus representantes, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades, descritas en la escritura extractada. Demás cláusulas constan escritura extractada. Santiago, 11 de noviembre de 2019. O. Peluchonneau C. Notario Público Suplente.