AGROCOMERCIAL MIRADOR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de noviembre de 2019
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
- Comuna
- Temuco Jorge Tadres Hales
Sociedad
- Capital
- $191.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público de Temuco, con oficio en esta ciudad, calle Antonio Varas Nº 976, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 14 de noviembre de 2019, otorgada ante mí, don ANDRÉS CATRIAN PLATERO, doña MARÍA SILVIA FERNÁNDEZ URBINA, por sí y en representación de CARLOS EDUARDO CATRIAN FERNÁNDEZ y de HERMANN ANDRÉS CATRIAN FERNÁNDEZ, todos domiciliados en Temuco, calle Holandesa Nº0460, dpto. 706, modificaron sociedad responsabilidad limitada “AGROCOMERCIAL MIRADOR LIMITADA” constituida escritura pública 27 diciembre 2002, ante Notario Público de Temuco, Juan Antonio Loyola Opazo, inscrita fs. 2 Nº2 Registro Comercio 2003 Conservador Bienes Raíces Temuco, publicada Diario Oficial 10 enero 2003, modificada por: A) Escritura 13 junio 2003 ante Notario Público Temuco Juan Antonio Loyola Opazo, inscrita fs. 440 Nº381 Registro Comercio 2003 Conservador Bienes Raíces Temuco, publicada Diario Oficial 30 junio 2003. B) Escritura 13 agosto 2004 ante Notario Público Lautaro María Antonieta Suárez Castro, inscrita fs.780 vta. Nº590 Registro Comercio 2004 Conservador Bienes Raíces Temuco, publicada Diario Oficial 2 septiembre 2004. C) Escritura 9 diciembre 2004 ante Notario Público Temuco Juan Antonio Loyola Opazo, inscrita fs. 1103 vta. Nº866 Registro Comercio 2004 Conservador Bienes Raíces Temuco, publicada Diario Oficial 23 diciembre 2004. D) Escritura 27 enero 2015, ante Notario Publico Lautaro María Antonieta Suárez Castro, inscrita fs. 329 vta. Nº213 Registro Comercio 2015 Conservador Bienes Raíces Temuco, publicada Diario Oficial 13 febrero 2015. E) Escritura 25 noviembre 2016, Notaria Temuco Jorge Tadres Hales, inscrita fs. 1911 Nº1254 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Temuco 2016, publicada Diario Oficial 21 Diciembre 2016; siguiente sentido: Modifican cláusula quinta del pacto social aumentando capital social de $191.000.000 a $660.000.000, que se han enterado y enterarán siguiente manera: 1) Con $191.000.000, que corresponde capital social antes presente aumento, enterado y pagado; 2) Con $469.000.000, que se aportan y enteran por socios siguiente manera: i) ANDRÉS CATRIAN PLATERO, aporta $142.772.000, que enterara en 5 años contados desde suscripción escritura extractada, en dinero efectivo, especies muebles e inmuebles, capitalización utilidades y medida que necesidades sociales requieran.- ii) MARÍA SILVIA FERNÁNDEZ URBINA, aporta $142.228.000, que entera este acto, mediante aporte dominio pleno, siguientes inmuebles: 1) Tasado en $75.797.360 de común acuerdo con socios, de predio de 22,82 hectáreas que es parte de inmueble de mayor extensión ubicado en el lugar San Juan de Trovolhue, comuna de Carahue, Provincia de Cautín, singularizado escritura extractada, inscrito fs. 1224 Nº1122 Registro Propiedad Conservador Bienes Raíces Carahue 2016. 2) Tasado en $66.430.640, de común acuerdo con socios, de retazo terreno de aproximadamente 20 hectáreas superficie, compuesto de 17 hectáreas de las hijuelas 4 y 5 plano especial fundo San Juan de Trovolhue y de 3 hectáreas, que son parte de un terreno de 5 hectáreas 62 y media áreas de superficie de las hijuelas 4 y 5 fundo San Juan de Trovolhue, ubicado en la comuna de Carahue, Provincia de Cautín, singularizado escritura extractada inscrito fs. 1226 Nº1124 Registro Propiedad Conservador Bienes Raíces Carahue 2016. iii) CARLOS EDUARDO CATRIAN FERNÁNDEZ, aporta $40.000.000, que enterará en 5 años a contar fecha escritura extractada, en dinero efectivo, especies muebles e inmuebles, capitalización de utilidades y en la medida que necesidades sociales requieran; iv) HERMANN ANDRÉS CATRIAN FERNÁNDEZ, aporta $40.000.000, que enterará 5 años contar suscripción escritura extractada, dinero efectivo, especies muebles e inmuebles, capitalización de utilidades y en la medida que necesidades sociales requieran.- Asimismo, modificaron cláusula sexta pacto social, en sentido que las utilidades y eventuales perdidas que arroje la sociedad, se repartirán entre socios en proporción de un 30% para cada uno de los socios Andrés Catrian Platero y María Silvia Fernández Urbina, y de un 20% para cada uno de socios Carlos Eduardo Catrian Fernández y Hermann Andrés Catrian Fernández.- En lo no modificado rigen restantes estipulaciones del pacto social vigente.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Temuco, 20 de noviembre de 2019.