SOCIEDAD COMERCIAL DE TRANSPORTES GONZALEZ Y VEGA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de octubre de 2019
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
Administración
Administración, representación de la sociedad, uso de la razón social, y de la sigla corresponderá ambos socios de forma conjunta, separa e indistintamente, amplias facultades. Quedan vigentes todas las cláusulas del acto constitutivo no modificadas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular, San Miguel, en Gran Av. J.M. Carrera 4886, certifica que por escritura pública de 23 de Octubre del año 2019, ante mi don RODRIGO MAURICIO GONZALEZ GAETE; Don JUAN MANUEL VEGA TORRES, ambos domiciliados para este efecto en Montreal número cinco mil trescientos cuarenta y cinco guion A, de la comuna de San Miguel, y doña GISELA DEL PILAR VILCHES OSORIO, con domicilio en Sierra Bella número tres mil ciento setenta y cinco, de la comuna de San Joaquín. Los comparecientes modifican la sociedad SOCIEDAD COMERCIAL DE TRANSPORTES GONZALEZ Y VEGA LIMITADA Constitutiva: Escritura pública 21-03-2017 Notario Público de de Santiago de don Patricio Hernán Cathalifaud Moroso. Inscripción: Fs. 25.552 N° 14.192 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Santiago 2017. Publicación: Diario Oficial fecha 30-03-2017. Modificada: Escritura pública 23-05-2017 Notario Público de de Santiago de don Patricio Hernán Cathalifaud Moroso. Inscripción: Fs. 43.027 N° 23.529 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Santiago 2017. y publicado dentro del plazo legal. Modificación: Los comparecientes modifican lo siguiente. Cesión: A) don RODRIGO MAURICIO GONZALEZ GAETE, dueño del cincuenta por ciento de los derechos sociales, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos a doña GISELA DEL PILAR VILCHES OSORIO, el precio de la cesión equivale a diez millones de pesos, los cuales son pagados en este acto, en dinero efectivo.. Repactación: a) doña GISELA DEL PILAR VILCHES OSORIO, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales y b) don JUAN MANUEL VEGA TORRES con el cincuenta por ciento de los derechos sociales, únicos y exclusivos socios la repactan continuándola para todos los efectos sin interrupción., domicilio social; se mantiene, Capital: se mantiene en $20.000.000 Administración: Administración, representación de la sociedad, uso de la razón social, y de la sigla corresponderá ambos socios de forma conjunta, separa e indistintamente, amplias facultades. Quedan vigentes todas las cláusulas del acto constitutivo no modificadas. Demás estipulaciones escritura extractada. San Miguel 11 de noviembre de 2019.