CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Samana SpA

CVE 1685891
Fecha instrumento
6 de noviembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
6 de noviembre de 2019
Repertorio
47595-2019
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
43° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

El objeto de la Sociedad es: i) La realización de inversiones en el extranjero en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; ii) La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión; iii) La participación como inversionista en toda clase de negocios, sociedades o empresas o la constitución o desarrollo de los mismos por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros; y iv) En general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los socios estimen necesarios o convenientes para tales objetivos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 6 de noviembre de 2019, otorgada en ante mí bajo el número de repertorio 47.595-2.019., la sociedad Leyton Internacional Inc., domiciliada para estos efectos en calle Jofré N° 380, Santiago; constituyó sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta: Nombre o Razón Social: "Samana SpA". Objeto: El objeto de la Sociedad es: i) La realización de inversiones en el extranjero en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; ii) La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión; iii) La participación como inversionista en toda clase de negocios, sociedades o empresas o la constitución o desarrollo de los mismos por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros; y iv) En general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los socios estimen necesarios o convenientes para tales objetivos. Capital: El capital de la sociedad es la suma de US 10.000, dividido en 1.000 acciones nominativas y sin valor nominal, que se encuentran íntegramente suscritas y que deberán ser pagadas en el plazo de 1 año, en la forma que se expresa en el Artículo Primero Transitorio de la escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 19 de noviembre de 2019.