INVERSIONES SANTA MÓNICA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de noviembre de 2019
- Repertorio
- 19528/2019
- Notario
- MYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA
- Oficio
- 21 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.800 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMYRIAM ELIZABETH MARIELA AMIGO ARANCIBIA, Notario Público de la 21 Notaría de Santiago, Huérfanos 578, Santiago, certifica que: Por escritura pública de fecha 04/11/2019 repertorio 19528/2019, ante mí: JUAN CARLOS VALENZUELA OSSA, JUAN CARLOS VALENZUELA AGUIRRE, NICOLÁS VALENZUELA AGUIRRE, JOSEFINA VALENZUELA AGUIRRE, domiciliados en Camino del Cerro Alto 10160, casa i, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, ANA MARÍA VALENZUELA AGUIRRE, domiciliada en calle Brown 4450, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, FELIPE VALENZUELA OSSA, FELIPE VALENZUELA MC-KAY y SANTIAGO VALENZUELA MC-KAY, domiciliados en calle Rinconada 9196, casa A, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; acordaron lo siguiente en relación a la sociedad INVERSIONES SANTA MÓNICA LIMITADA, inscrita a fojas 3637 número 1755 en el Registro de Comercio de Santiago del año 1987: Uno) Se aumentó el capital de la sociedad en $1.800.000; es decir, desde $10.000.000 a la suma de $11.800.000, el cual sería aportado por Juan Carlos Valenzuela Aguirre, Nicolás Valenzuela Aguirre, Josefina Valenzuela Aguirre, Ana María Valenzuela Aguirre, Felipe Valenzuela Mc-Kay y Santiago Valenzuela Mc-Kay, dentro de 3 meses desde la fecha de la escritura extractada, y en partes iguales, es decir, cada uno aportaría la suma de $300.000. De esta forma y con el acuerdo del resto de los socios, dichas personas ingresaron como socios a la sociedad. Dos) A raíz del ingreso de los nuevos socios, se modificó la cláusula del estatuto relativa al capital, señalando que éste asciende a la suma de $11.800.000, el cual se ha aportado y se aportará por los socios en las siguientes cantidades y proporciones: a) Juan Carlos Valenzuela Ossa ha aportado la suma de $7.000.000, siendo titular del 59,32% de los derechos sociales; b) Felipe Valenzuela Mc-Kay ha aportado la suma de $3.000.000, siendo titular del 25,42% de los derechos sociales; c) Juan Carlos Valenzuela Aguirre aportará la suma de $300.000, siendo titular del 2,54% de los derechos sociales, dentro de 3 meses contados desde la fecha de la escritura extractada; d) Nicolás Valenzuela Aguirre aportará la suma de $300.000, siendo titular del 2,54% de los derechos sociales, dentro de 3 meses contados desde la fecha de la escritura extractada; e) Josefina Valenzuela Aguirre aportará la suma de $300.000, siendo titular del 2,54% de los derechos sociales, dentro de 3 meses contados desde la fecha de la escritura extractada; f) Ana María Valenzuela Aguirre aportará la suma de $300.000, siendo titular del 2,54% de los derechos sociales, dentro de 3 meses contados desde la fecha de la escritura extractada; g) Felipe Valenzuela Mc-Kay aportará la suma de $300.000, siendo titular del 2,54% de los derechos sociales, dentro de 3 meses contados desde la fecha de la escritura extractada; y, h) Santiago Valenzuela Mc-Kay aportará la suma de $300.000, siendo titular del 2,54% de los derechos sociales, dentro de 3 meses contados desde la fecha de la escritura extractada.Las demás estipulaciones constan en escritura extractada. Noviembre 11 de 2019. nrs.-