Instrumento
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) Realizar toda clase de inversiones, sean éstas en bienes muebles o inmuebles; b) promover toda clase de negocios; c) prestar asesoría en toda clase de inversiones, especialmente en valores mobiliarios tales como acciones, promesa de acciones, bonos, debentures, en efectos públicos o de comercio, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades y asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, fondos mutuos, depósitos a plazo o a la vista, y de títulos de crédito, con la facultad de administrar dichas inversiones; d) participar en el financiamiento de empresas, constituirlas, administrarlas, tomar parte como socio en ellas en cualquier calidad y cualquiera sea su objeto; e) Aceptar y ejecutar toda clase de comisiones y mandatos; f) asumir la representación de empresas nacionales y)o extranjeras; g) importar, exportar, vender, comprar, fabricar, distribuir y comercializar cualquier clase de productos y mercaderías; h) Asesorías integrales de inversión; i) La realización de toda clase de inversiones en Chile o en el extranjero, y en todo tipo de empresas relacionadas con los fines antes señalados, con la respectiva publicitación de dichas inversiones tanto en territorio nacional como internacional
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA LORETO ZALDIVAR GRASS, Notario 26ª Notaría Santiago, Suplente Titular, Humberto Quezada Moreno, Huérfanos Nº 835, 2º piso, CERTIFICA: Por escritura pública hoy, ante mí, don MICHAEL ZHUANG, estadounidense, rol único provisorio número cuarenta y ocho millones doscientos trece mil ciento veintiséis guión tres, pasaporte número cinco cuatro seis dos dos ocho nueve uno siete, domiciliado para estos efectos en Capitán Crosbie número ochocientos cincuenta y tres, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; constituyó sociedad por acciones. Razón Social: “INVERSIONES QD SpA”; nombre de fantasía “QD SpA” o “QD Chile SpA”. Objeto: a) Realizar toda clase de inversiones, sean éstas en bienes muebles o inmuebles; b) promover toda clase de negocios; c) prestar asesoría en toda clase de inversiones, especialmente en valores mobiliarios tales como acciones, promesa de acciones, bonos, debentures, en efectos públicos o de comercio, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades y asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, fondos mutuos, depósitos a plazo o a la vista, y de títulos de crédito, con la facultad de administrar dichas inversiones; d) participar en el financiamiento de empresas, constituirlas, administrarlas, tomar parte como socio en ellas en cualquier calidad y cualquiera sea su objeto; e) Aceptar y ejecutar toda clase de comisiones y mandatos; f) asumir la representación de empresas nacionales y/o extranjeras; g) importar, exportar, vender, comprar, fabricar, distribuir y comercializar cualquier clase de productos y mercaderías; h) Asesorías integrales de inversión; i) La realización de toda clase de inversiones en Chile o en el extranjero, y en todo tipo de empresas relacionadas con los fines antes señalados, con la respectiva publicitación de dichas inversiones tanto en territorio nacional como internacional. Capital: un millón de pesos, dividido en mil acciones nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una y de una única serie, se suscribe y paga por el único socio don Michael Zhuang al contado y en dinero efectivo, entendiéndose que cada acción tiene un valor de suscripción de mil pesos; quedando de esta manera íntegramente pagado y suscrito el capital social. Domicilio: ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder funcionar, establecer oficinas, sucursales o mantener negocios en otros puntos del país o del extranjero. Duración: indefinida. La Administración y el uso de la razón social corresponderán a don Michael Zhuang y a don José Daniel Berkovich Bortnick, quienes podrán actuar individualmente el uno del otro con total independencia. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 05 de Noviembre del 2019. M. L. Zaldivar G.