MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES DOÑA ISIDORA LIMITADA

RUT 76006837-3 CVE 1685345
Fecha instrumento
12 de noviembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de noviembre de 2019
Repertorio
6701-19
Notario
RAUL UNDURRAGA LASO
Oficio
29ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RAUL UNDURRAGA LASO, Notario Público, Titular de la 29ª Notaría de Santiago, domiciliado en Mac Iver N° 225, oficina 302, Santiago, certifico por escritura pública otorgada, ante mí, con fecha 12 de noviembre de 2019, bajo el repertorio N° 6701-19, SEBASTIÁN BULNES MUZARD y MARÍA ISIDORA GUENEAU DE MUSSY DEL SOLAR, todos domiciliados en Avenida El Golf N° 99, piso 4, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, modificaron INVERSIONES DOÑA ISIDORA LIMITADA, inscrita a fojas 10210, N° 8268 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2001, acordando modificar el objeto social de la Sociedad, y por ende reemplazar el Artículo Tercero de los estatutos sociales por el siguiente: “Artículo Tercero: La sociedad tendrá por objeto efectuar toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces o cuotas en ellos, pudiendo al efecto comprar, vender, conservar o administrar tales inversiones; tomar interés o participar como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza; crear, financiar, promover y administrar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; prestar asesorías económicas, comerciales, financieras o técnicas; la compra, venta, fabricación, elaboración, importación, exportación y comercialización en cualquier forma, por cuenta propia o de terceros de toda clase de bienes muebles, asumir representaciones, agencias, comisiones y mandatos de todas clases; la actividad agrícola, frutícola y ganadera, en los predios que la sociedad adquiera, arriende o posea a cualquier título, así como la venta, compra, comercialización y explotación de predios agrícolas, de animales vivos y de productos provenientes de dicha explotación en el país o en el extranjero; y realizar todas las actividades conexas o conducentes a los rubros señalados.”. En todo lo no modificado, rigen íntegramente los estatutos sociales de la Sociedad, en especial en cuanto a la limitación de la responsabilidad de los socios a sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 15 de noviembre de 2019.