MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

FERRADA, POLANCO & PÓVEZ LIMITADA

RUT 76156427-7 CVE 1684806
Capital
$3.000 CLP
Fecha instrumento
14 de octubre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de octubre de 2019
Repertorio
55431-2019
Notario
MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38 Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Notario Público Titular de la 38 Notaria de Santiago, Miraflores 178, Piso 5, certifico: que por escritura pública de fecha 14 de Octubre de 2019, repertorio 55431-2019, ante mí, doña Carolina Andrea Póvez Loyola, cédula nacional de identidad número 10.312.023-3; don Francisco José Ferrada Culaciati, cédula nacional de identidad número 11.814.613-1 y don Rodrigo Javier Polanco Lazo, cédula nacional de identidad número 12.524.316-9, todos domiciliados en calle La Concepción número 141 oficina 901, Comuna de Providencia, modificaron los estatutos de la sociedad FERRADA, POLANCO & PÓVEZ LIMITADA, cuyo extracto de constitución está inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 35336 número 26426 del año 2011. Don Rodrigo Javier Polanco Lazo, vendió la totalidad de los derechos sociales que le correspondían a doña Carolina Andrea Póvez Loyola y a don Francisco José Ferrada Culaciati, quienes los compraron, para sí, por partes iguales. Como consecuencia de la cesión de derechos antes referida, don Rodrigo Javier Polanco Lazo se retira de la Sociedad y quedaron como únicos socios de ella doña Carolina Andrea Póvez Loyola y don Francisco José Ferrada Culaciati. Los únicos socios modificaron los estatutos en cuanto a lo siguiente: a) La razón social será FERRADA Y PÓVEZ LIMITADA, pudiendo actuar indistintamente con los nombres de fantasía de “FPP ABOGADOS”, “FP ABOGADOS” y “FFPP ABOGADOS”, para todos los fines legales, así como de propaganda y ante los Bancos y cualquier otro tercero. Su domicilio será la Comuna de Providencia, Región Metropolitana, sin perjuicio de las oficinas o sucursales que pueda establecer en el resto del país o del extranjero”. CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad es la cantidad de $3.000.000 que los socios han enterado y pagado de la siguiente forma: uno) Doña Carolina Andrea Póvez Loyola ha enterado y pagado $1.500.000, en dinero efectivo, que corresponden al cincuenta por ciento de los derechos sociales. dos) Don Francisco José Ferrada Culaciati ha enterado y pagado $1.500.000, en dinero efectivo, que corresponden al cincuenta por ciento de los derechos sociales”. y c) La administración representación y uso de la razón social corresponderá conjuntamente a doña Carolina Andrea Póvez Loyola y a don Francisco José Ferrada Culaciati, quienes anteponiendo a sus firmas la razón social, podrán obligar y representar a la sociedad, con las facultades referidas en los estatutos sociales. Demás modificaciones en escritura extractada y en lo no modificado, continúa plenamente vigente el pacto social contenido en la escritura constitutiva y su modificación anterior. Santiago, 13 de Noviembre de 2019.