SOCIEDAD EDUCACIONAL SEPÚLVEDA Y ORELLANA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de octubre de 2006
- Repertorio
- 1266
- Notario
- ante Julio Abuyeres Jadue
- Domicilio
- Quillota
- Comuna
- Quilpué
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJorge Acuña Pérez, Abogado, Titular de la Primera Notaría de Quilpué, con oficio en Andrés Bello 453, CERTIFICO: escritura hoy ante mí, Repertorio N° 1266, ALEJANDRA LORENA SEPÚLVEDA CANDIA, con domicilio en Avenida El Rincón 940, casa 16, sector Peñablanca, Villa Alemana; ELISA ALEJANDRA CANDIA CRUZAT, con domicilio en calle Santa María 910, Torre Fragua departamento 71, Quilpué; FABIAN ESTEBAN ORELLANA ARAYA, calle Santa María 910, Torre Forja, departamento 51, Quilpué; y JORGE ANTONIO SEPÚLVEDA CANDIA, calle Ramón Sotomayor 2967, departamento 403, comuna de Providencia; vienen modificar sociedad responsabilidad limitada “SOCIEDAD EDUCACIONAL SEPÚLVEDA Y ORELLANA LIMITADA” RUT 76.693.600-8; constituida el 19 de octubre de 2006, ante Julio Abuyeres Jadue, Notario Público de Quillota, extracto se publicó Diario Oficial N.°38.601 de 30 de octubre de 2006, inscrita fojas 220 N° 190, Registro y Conservador de Comercio de Quilpué año 2006, en los siguientes términos: A) FERNANDO JORGE SEPÚLVEDA PINO, como administrador de la sociedad conyugal que forma con doña ELISA ALEJANDRA CANDIA CRUZAT, vende, cede y transfiere los derechos sociales que a ésta corresponden en su calidad de socia a doña ALEJANDRA LORENA SEPÚLVEDA CANDIA, quien acepta adquiere para sí. EL precio cesión, $1.000.000.-, paga contado dinero efectivo; B) FABIAN ESTEBAN ORELLANA ARAYA vende, cede y transfiere sus derechos a don JORGE ANTONIO SEPÚLVEDA CANDIA, quien acepta y adquiere para sí. En consecuencia se incorpora en calidad de socio Jorge Antonio Sepúlveda Candia.- El precio cesión, $500.000.-, paga contado dinero efectivo. C) Que, como consecuencia ELISA ALEJANDRA CANDIA CRUZAT y FABIAN ESTEBAN ORELLANA ARAYA se retiran de la sociedad, y quedan como socios ALEJANDRA LORENA SEPÚLVEDA CANDIA y JORGE ANTONIO SEPÚLVEDA CANDIA. En lo no modificado quedan vigentes todas disposiciones contrato social y escritura pública 19 de octubre de 2006. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Quilpué, 16 de Noviembre del 2019.-