Instrumento
- Fecha
- 11 de noviembre de 2019
- Notario
- Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.500 CLP
Objeto social
producir, importar, exportar, comprar, vender, comercializar y distribuir toda clase de bienes, artículos y productos, tales como anteojos, lentes de sol, lentes ópticos, repuestos y artículos ópticos en general y todo tipo de accesorios de vestir, artículos de regalo y en general toda clase de mercaderías, artículos deportivos para practicar toda clase de deportes; tomar representaciones, licencias y franquicias de marcas y productos; adquirir, explotar y enajenar toda clase de bienes muebles e inmuebles; desarrollar actividades de marketing, publicidad y comercio exterior; y en general, llevar a cabo todas las actividades y negocios que los accionistas de común acuerdo decidan realizar
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA ALEJANDRA FLORES MUÑOZ, Abogado, Notario Suplente de don ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, con oficio en La concepción 65, piso 2, Providencia, certifica: que por escritura pública de fecha 11 de noviembre de 2019, repertorio número 33.497-2019, ante el Notario Titular Andres Felipe Rieutord Alvarado, don Franco Acchiardo Olivos, constituyó una sociedad por acciones cuyo estatutos se extracta: Nombre: Lentes Galileo Chile SpA. Objeto: producir, importar, exportar, comprar, vender, comercializar y distribuir toda clase de bienes, artículos y productos, tales como anteojos, lentes de sol, lentes ópticos, repuestos y artículos ópticos en general y todo tipo de accesorios de vestir, artículos de regalo y en general toda clase de mercaderías, artículos deportivos para practicar toda clase de deportes; tomar representaciones, licencias y franquicias de marcas y productos; adquirir, explotar y enajenar toda clase de bienes muebles e inmuebles; desarrollar actividades de marketing, publicidad y comercio exterior; y en general, llevar a cabo todas las actividades y negocios que los accionistas de común acuerdo decidan realizar. Capital: $1.500.000 dividido en 1.500 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y que se deberá pagar dentro de plazo de 5 años desde la fecha de la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 18 de noviembre de 2019.