CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN MARTIN DE PORRES LIMITADA

RUT 10639039-8 CVE 1683912
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
13 de noviembre de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
13 de noviembre de 2019
Notario
OSVALDO PEREIRA GONZALEZ
Domicilio
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio social será la ciudad de Santiago
Duración
5 años a contar desde esta fecha renovándose forma tácita y sucesiva por iguales periodos según se indica en pacto social

Objeto social

El objeto social es la compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento, explotación, administración, loteo, subdivisión, construcción y urbanización por cualquier medio, contrato o sistema, de inmuebles urbanos, agrícolas, forestales, madereros, ya sea por cuenta propia o ajena, y en general ejecutar todos los actos de comercio y jurídicos nominados o innominados sobre dichos bienes, así como, la producción de éstos, dentro o fuera del país, como asimismo, adquisición y enajenación a cualquier título de acciones, valores mobiliarios de bienes muebles corporales e incorporales, administrarlos y percibir sus frutos y demás actividades que los socios acuerden extender. Razón Social será: “INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN MARTIN DE PORRES LIMITADA” pudiendo usarse para fines comerciales, publicitarios e incluso ante bancos y demás instituciones financieras el nombre de fantasía “SAN MARTIN DE PORRES LTDA.”. Uso razón social y

Administración

La administración de la sociedad, su representación y uso de la razón social corresponderá individualmente a cada uno de los socios, quienes podrán actuar indistintamente en forma separada o conjunta, con amplias facultades de administración y disposición. Se deja expresa constancia que exclusivamente para la venta de cualquier bien mueble o inmueble se necesitarán las firmas de dos socios cualesquiera de ellos. A falta de alguno de los socios, situación que no será necesario acreditar frente a terceros, la administración, representación y uso de la razón social corresponderá al otro socio; quienes anteponiendo a sus firmas a la razón social o el nombre de fantasía, la representaran con las más amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

OSVALDO PEREIRA GONZALEZ, Notario Público Santiago, Titular 14 Notaría, con oficio en calle Teatinos 449, sexto piso, Santiago, certifica: por escritura pública hoy ante mí, don VASCO OSVALDO NÚÑEZ HERRERA, cédula nacional de identidad Nº 10.639.039-8; doña MARIA ANGELICA HERRERA ROJAS, cédula nacional de identidad Nº 5.132.871-K, y doña ANDREA LORENA GUERRERO SALINAS, cédula nacional de identidad Nº 13.669.132-5; todos domiciliados camino a Melipilla, kilómetro 25 y medio, Parcela 34, Condominio El Curato, comuna Padre Hurtado, y de paso en ésta, constituyen sociedad comercial de responsabilidad limitada. Objeto. El objeto social es la compra, venta, arrendamiento, subarrendamiento, explotación, administración, loteo, subdivisión, construcción y urbanización por cualquier medio, contrato o sistema, de inmuebles urbanos, agrícolas, forestales, madereros, ya sea por cuenta propia o ajena, y en general ejecutar todos los actos de comercio y jurídicos nominados o innominados sobre dichos bienes, así como, la producción de éstos, dentro o fuera del país, como asimismo, adquisición y enajenación a cualquier título de acciones, valores mobiliarios de bienes muebles corporales e incorporales, administrarlos y percibir sus frutos y demás actividades que los socios acuerden extender. Razón Social será: “INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN MARTIN DE PORRES LIMITADA” pudiendo usarse para fines comerciales, publicitarios e incluso ante bancos y demás instituciones financieras el nombre de fantasía “SAN MARTIN DE PORRES LTDA.”. Uso razón social y administración. La administración de la sociedad, su representación y uso de la razón social corresponderá individualmente a cada uno de los socios, quienes podrán actuar indistintamente en forma separada o conjunta, con amplias facultades de administración y disposición. Se deja expresa constancia que exclusivamente para la venta de cualquier bien mueble o inmueble se necesitarán las firmas de dos socios cualesquiera de ellos. A falta de alguno de los socios, situación que no será necesario acreditar frente a terceros, la administración, representación y uso de la razón social corresponderá al otro socio; quienes anteponiendo a sus firmas a la razón social o el nombre de fantasía, la representaran con las más amplias facultades. Capital. El capital social es la suma de $10.000.000, que los socios aportan y enteran manera siguiente. Uno) Don Vasco Osvaldo Núñez Herrera, aporta la suma de $9.800.000, que entera y enterará de la siguiente forma: a) con la cantidad de $100.000, que se aportan y enteran en este acto; y b) con la cantidad de $9.700.000, que se aportaran y enteraran en noventa y siete cuotas iguales de $100.000 mensuales, a contar del mes de diciembre de 2019. Dos) Doña María Angélica Herrera Rojas, aporta la suma de $100.000, que se aportan y enteran en este acto, y doña Andrea Lorena Guerrero Salinas, aporta la suma de $100.000 que se aportan y enteran en este acto. En consecuencia a don Vasco Osvaldo Núñez Herrera le corresponde el 98% de la sociedad; a doña María Angélica Herrera Rojas el 1% de la sociedad, y a doña Andrea Lorena Guerrero Salinas el 1% de la sociedad.- Domicilio. El domicilio social será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias o negocios que los socios acuerden establecer en otros puntos del país o del extranjero. Socios limitan responsabilidad hasta concurrencia sus aportes. Plazo. 5 años a contar desde esta fecha renovándose forma tácita y sucesiva por iguales periodos según se indica en pacto social. Demás cláusulas en escritura extractada. Santiago, 13 de noviembre de 2019.