MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA E INVERSIONES B y A LIMITADA

RUT 76134365-3 CVE 1683689
Fecha instrumento
11 de noviembre de 2019

Instrumento

Fecha
11 de noviembre de 2019
Notario
FRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRIGUEZ
Domicilio
Arlegui 333

Objeto social

Inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles. Adquirir, enajenar bienes inmuebles, construir por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, administrar por cuenta propia o ajena inversiones, obtener rentas; entregarlos en arrendamiento, formar parte de otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; compraventa, importación exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes, y cualquier actividad relacionada con lo dicho y objeto que la constituyente consigne

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRIGUEZ, Abogado, Notario Público Titular, Arlegui 333, local 111, Viña del Mar, certifica: Que por escritura pública de fecha 11 de Noviembre de 2019, ante mí, don CAMILO DIEGO OLIVARES REBOLLEDO, cédula nacional de identidad número dieciocho millones quinientos cincuenta mil novecientos dos guion ocho, chileno, soltero, abogado, domiciliado en calle siete norte seiscientos cuarenta y cinco, oficina quinientos ocho, de esta ciudad; debidamente facultado, suscribe escritura pública de rectificación respecto de la escritura pública de cesión de derechos sociales y transformación de la sociedad “INMOBILIARIA E INVERSIONES B y A LIMITADA”, rol único tributario setenta y seis millones ciento treinta y cuatro mil trescientos sesenta y cinco guion tres, inscrita a fojas cincuenta y un mil cuatrocientos cinco número treinta y cinco mil quinientos catorce año dos mil ocho, en el Registro de Comercio de Santiago, y cuyo capital es la suma de sesenta y cinco millones de pesos; suscrita con fecha 08 de Octubre de 2019, ante esta misma notaría. Rectificación consiste en: modificación de la cláusula séptima de la referida escritura, a través de la cual, de acuerdo a la transformación efectuada, doña TERESA DEL CARMEN AGUILAR PINTO, mayor de edad, como la única y actual socia del cien por ciento de la sociedad de responsabilidad limitada, fija los nuevos estatutos de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, quedando de la siguiente manera: NOMBRE. “INMOBILIARIA E INVERSIONES TERESA DEL CARMEN AGUILAR PINTO” Empresa Individual de Responsabilidad Limitada”, pudiendo actuar ante los Bancos y cualquier institución pública o privada bajo el nombre de fantasía “INMOBILIARIA E INVERSIONES TERESA DEL CARMEN AGUILAR PINTO E.I.R.L.”. OBJETO. Inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles. Adquirir, enajenar bienes inmuebles, construir por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, administrar por cuenta propia o ajena inversiones, obtener rentas; entregarlos en arrendamiento, formar parte de otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; compraventa, importación exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes, y cualquier actividad relacionada con lo dicho y objeto que la constituyente consigne. CAPITAL. El capital de la empresa individual será la suma de SESENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS, monto que doña TERESA DEL CARMEN AGUILAR PINTO ha aportado y pagado con anterioridad, siendo el cien por ciento del capital. La constituyente limita su responsabilidad hasta el monto de su aporte. La administración, representación y uso de la razón social de la empresa corresponderá al constituyente. Duración de cinco años, renovables tácita y sucesivamente por periodos iguales, si el constituyente no manifestare su voluntad de ponerle término al final del periodo que estuviere en curso. La empresa individual tendrá su domicilio en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales que se establezcan en cualquier otro punto del país o el extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. Viña del Mar, 13 de Noviembre de 2019.