CONSTITUCIÓN Sociedad Anónima

GRUPO DIAMANTE S.A.

RUT 12695644-4 CVE 1683846
Capital
$100.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de octubre de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
9 de octubre de 2019
Notario
VALERIA RONCHERA FLORES
Oficio
Décima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$100.000.000 CLP
Domicilio
ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será la compra y venta, el arrendamiento, subarrendamiento y, en general, la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces de cualquier forma que sea, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollar cualquier tipo proyectos inmobiliarios; invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; la compraventa de materiales de construcción, abarrotes y otros similares; la construcción, compraventa, arrendamiento o subarrendamiento de galpones y locales comerciales; la prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de inmuebles, instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría y de servicios de aseo y de transporte. Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que los socios determinen de común acuerdo. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y)o asociada o en coparticipación con terceros

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VALERIA RONCHERA FLORES, abogado, Notario Público Titular, Décima Notaría de Santiago, Agustinas 1235, local 2, 1° y 2° piso, certifico: por escritura pública otorgada a mí, con fecha de hoy, Leonardo Antonio Orellana Berríos, factor de comercio, c. nac. de id. N° 12.695.644-4; Gerard Philippe Bordachar Sotomayor, factor de comercio, c. nac. de id. N° 9.097.906-K; y, Liliana Eugenia Herrera Pérez, educadora de párvulos, c. nac. de id. N° 13.774.862-2, constituyeron una sociedad anónima cerrada bajo la razón social “GRUPO DIAMANTE S.A.” pudiendo usar nombre de fantasía “DIAMANTE S.A.”. Domicilio: ciudad de Santiago. Objeto Social: El objeto de la sociedad será la compra y venta, el arrendamiento, subarrendamiento y, en general, la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces de cualquier forma que sea, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollar cualquier tipo proyectos inmobiliarios; invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos; la compraventa de materiales de construcción, abarrotes y otros similares; la construcción, compraventa, arrendamiento o subarrendamiento de galpones y locales comerciales; la prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de inmuebles, instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría y de servicios de aseo y de transporte. Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que los socios determinen de común acuerdo. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros. Duración: indefinida a contar fecha suscripción escritura constitución. Capital social: $100.000.000, dividido en 100.000 acciones ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal, que los comparecientes suscriben íntegramente y que pagan de la siguiente forma: UNO: Leonardo Antonio Orellana Berríos, suscribe 80.000 acciones, equivalentes al día de hoy a la suma de $80.000.000, que paga y pagará de la siguiente forma: a) con la suma de $10.000.000 que paga en este acto en dinero efectivo y que equivalen a 10.000 acciones; b) El saldo de pago de 70.000 acciones, que equivalen al día de hoy a la suma de $70.000.000, deberán ser pagadas en 7 cuotas de $10.000.000 mensuales, a contar de esta fecha, sea en dinero, aportando bienes muebles o inmuebles, con la revalorización del capital propio o del fondo de utilidades, de conformidad a lo dispuesto en la Ley de Renta. Como consecuencia de lo anterior, don Leonardo Antonio Orellana Berríos ha suscrito la cantidad de 80.000 acciones y ha pagado la cantidad de 10.000 acciones. DOS: Don Gerard Philippe Bordachar Sotomayor, suscribe 10.000 acciones, equivalentes al día de hoy a la suma de $10.000.000, que paga en este acto en dinero efectivo y que equivalen a 10.000 acciones.- Como consecuencia de lo anterior don Gerard Philippe Bordachar Sotomayor, ha suscrito y pagado la cantidad de 10.000 acciones. TRES: Doña Liliana Eugenia Herrera Pérez, suscribe 10.000 acciones, equivalentes al día de hoy a la suma de $10.000.000, que paga en este acto en dinero efectivo y que equivalen a 10.000 acciones. Como consecuencia de lo anterior doña Liliana Eugenia Herrera Pérez, ha suscrito y pagado la cantidad de 10.000 acciones. Como consecuencia de lo anterior, el capital social queda suscrito, pagado en parte y por pagar en la forma referida. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 9 de octubre de 2019.-