MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA CMC LIMITADA

RUT 76163100-4 CVE 1684129
Fecha instrumento
8 de noviembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de noviembre de 2019
Repertorio
21603
Comuna
Santiago

Administración

Además, los actuales y únicos socios, conforme a lo dispuesto en la cláusula anterior, acuerdan que la administración, representación y uso de la razón social la ejercerá en forma exclusiva la socia doña CAMILA ANDREA FARÍAS LISPERGUIER. En lo no modificado, siguen plenamente vigentes las estipulaciones contenidas en pacto social constitutivo. Santiago 13 Noviembre del 2019

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Margarita Moreno Zamorano, Abogado Notario Público Interino de la 27º Notaria de Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, certifico: por escritura de fecha 08/11/2019, Repertorio Nº 21.603, ante mí, Don RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT, con domicilio para estos efectos en calle Teniente Montt N° 1962, departamento 504, comuna de Ñuñoa, ciudad de Santiago; doña MARCELA CONSTANZA FARÍAS LISPERGUIER, doña CAMILA ANDREA FARÍAS LISPERGUIER, ambas con domicilio en Parcela N° 142, Condominio Polo 1 Manquehue, Sector Chicureo, comuna de Colina, ciudad de Santiago; y doña CAROLINA XIMENA FARÍAS LISPERGUIER, con domicilio en calle Carlos Antúnez N° 1.869, departamento 208, block 19, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, modificaron la sociedad de responsabilidad limitada, “COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA CMC LIMITADA”, nombre de fantasía “CMC LTDA.”, constituida por escritura pública de fecha 02-09-2004, otorgada en la Notaría de Santiago, de don Rubén Galecio Gómez, cuyo extracto se inscribió a fojas 29.234.-, número 21.712.-, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2004, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 15-09-2004, bajo el tipo social de responsabilidad limitada bajo el nombre o razón social de “COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA CMC Y COMPAÑÍA LIMITADA”, nombre de fantasía “COMERCIAL CMC LIMITADA”. Con fecha 12-12-2006, mediante escritura pública, otorgada en la Sexta Notaría de Santiago de don Alberto Eduardo Rojas López, los socios acordaron transformar la sociedad mencionada en el inciso anterior, por “COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA CMC SOCIEDAD ANÓNIMA” cuyo extracto se inscribió a fojas 51.971.-, número 37.200.-, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2006, y se publicó en el Diario Oficial dentro de plazo legal. Finalmente, con fecha 15-12-2016, mediante escritura pública, otorgada en la Notaría de Santiago de doña Myriam Elizabeth Amigo Arancibia, los socios acordaron transformar nuevamente la sociedad mencionada, por “COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA CMC LIMITADA” cuyo extracto se inscribió a fojas 94.326.-, número 51.372.-, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2016, y se publicó en el Diario Oficial dentro de plazo legal; Cesión de derechos: don RICARDO ANTONIO FARÍAS FEUCHT vende, cede y transfiere el 100% de su participación o derechos sociales en la sociedad ya individualizada, porcentaje que corresponde al 33,334% de los derechos sociales del cedente en la sociedad ya individualizada, de la siguiente forma: a) el 13,334% de sus derechos sociales ya señalados en la sociedad a doña CAMILA ANDREA FARÍAS LISPERGUIER, quien adquiere, compra y acepta para si los derechos sociales antes mencionados; b) el 10% de sus derechos sociales ya señalados en la sociedad a doña MARCELA CONSTANZA FARÍAS LISPERGUIER, quien adquiere, compra y acepta para si los derechos sociales antes mencionados; y c) el 10% de sus derechos sociales ya señalados en la sociedad a doña CAROLINA XIMENA FARÍAS LISPERGUIER, quien adquiere, compra y acepta para si los derechos sociales antes mencionados; Precio: Respecto de la cesión señalada en la letra a) de la cláusula anterior el precio de la transferencia o cesión expresada es de trece millones de pesos, y se pagará en la forma que se indica en la escritura extractada, el cedente declara estar total y absolutamente conforme con la forma de pago del precio acordado; respecto de la cesión señalada en la letra b) de la cláusula anterior el precio de la transferencia o cesión expresada es de diez millones de pesos, y se pagará en la forma que se indica en la escritura extractada, el cedente declara estar total y absolutamente conforme con la forma de pago del precio acordado; respecto de la cesión señalada en la letra c) de la cláusula anterior el precio de la transferencia o cesión expresada es de diez millones de pesos, y se pagará en la forma que se indica en la escritura extractada, el cedente declara estar total y absolutamente conforme con la forma de pago del precio acordado. Como consecuencia de la cesión de derechos que dan cuenta las cláusulas precedentes, se modifica el pacto social en el sentido que los únicos y actuales socios de la sociedad “COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA CMC LIMITADA”, son: doña CAMILA ANDREA FARÍAS LISPERGUIER, dueña de un 35,556% de los derechos sociales; doña MARCELA CONSTANZA FARÍAS LISPERGUIER, dueña de un 32,222% de las derechos sociales; y doña CAROLINA XIMENA FARÍAS LISPERGUIER, dueña de un 32,222% de los derechos sociales; Administración, representación y uso de la razón social: Además, los actuales y únicos socios, conforme a lo dispuesto en la cláusula anterior, acuerdan que la administración, representación y uso de la razón social la ejercerá en forma exclusiva la socia doña CAMILA ANDREA FARÍAS LISPERGUIER. En lo no modificado, siguen plenamente vigentes las estipulaciones contenidas en pacto social constitutivo. Santiago 13 Noviembre del 2019.-