MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ANDBECK LTDA.

RUT 76146579-1 CVE 1684081
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
4 de noviembre de 2019

Instrumento

Fecha
4 de noviembre de 2019
Repertorio
7413-2019

Sociedad

Capital
$500.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FELIPE SAN MARTIN SCHRÖDER, Notario Público Puerto Montt, Urmeneta 414, certifica: Por escritura pública de fecha 4 de noviembre de 2019, Repertorio 7.413-2019, ante mí: ALAMIRO ANDRADE HERNÁNDEZ, JESSICA ALEJANDRA ANDRADE BECKER, CARLOS ALBERTO ANDRADE BECKER y MARCELO ANDRÉS ANDRADE BECKER, todos domiciliados en calle Antonio Varas Nº 216, oficina 608, comuna y ciudad de Puerto Montt, modificaron sociedad de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD DE PROFESIONALES ANDBECK LIMITADA” o “ANDBECK LTDA.”, Rut 76.146.579-1, constituida por Escritura Pública de fecha 02 de mayo de 2011, otorgada en Puerto Montt en la Notaría de don Hernán Tike Carrasco, cuyo extracto fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt a fjs. 465, Nº 461, del año 2011, y se publicó en el Diario Oficial del día 12 de mayo del mismo año. MODIFICACIONES: Don CARLOS ALBERTO ANDRADE BECKER vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al 33,33% del capital total y propiedad de la compañía, a don MARCELO ANDRÉS ANDRADE BECKER, quien compra y adquiere para sí tales derechos en la suma de $500.000 pagados de contado y en dinero efectivo. Como consecuencia de esta venta o cesión de derechos se retira de la compañía don CARLOS ALBERTO ANDRADE BECKER e ingresa a la misma don MARCELO ANDRÉS ANDRADE BECKER, quedando la sociedad, a contar fecha escritura, integrada por don ALAMIRO ANDRADE HERNÁNDEZ con un 33,34% de los derechos sociales; por doña JESSICA ALEJANDRA ANDRADE BECKER, con el 33,33% de los derechos sociales y por don MARCELO ANDRÉS ANDRADE BECKER con el restante 33,33% de los derechos sociales. Capital social $1.500.000. En lo no modificado continúan plenamente vigentes estatutos anteriores. Demás estipulaciones en escritura extractada.