CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Kaikén Limitada

CVE 1683418
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
5 de noviembre de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
5 de noviembre de 2019
Notario
IVÁN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
33° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
la ciudad de Santiago, en cualquiera de las comunas comprendidas dentro del territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Santiago
Duración
10 años a contar de la fecha de la escritura extractada, prorrogables según se indica en la escritura

Objeto social

desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, inversiones en toda clase de bienes, sean corporales o incorporales, muebles o inmuebles; títulos de créditos y otros valores mobiliarios, participación en sociedades y otras personas jurídicas, de cualquier clase y objeto, la administración, usufructo y disposición de esas inversiones, todo ello sin perjuicio de la realización de los demás objetos que los socios acuerden para la Sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular 33° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 979, oficina 501, certifica: Por escritura pública de fecha 5 de Noviembre de 2019, ante mí, PATRICIO RAIMUNDO OTERO FRANCIA, MARÍA ELENA DOMÍNGUEZ NECOCHEA, los dos anteriores domiciliados para estos efectos en San Damián número 404 departamento 3B, Las Condes, Región Metropolitana; MARÍA FERNANDA OTERO DOMÍNGUEZ, domiciliada en Las Dalias número 2874, comuna de Providencia, Región Metropolitana; JOSEFINA ELENA OTERO DOMÍNGUEZ, domiciliada, en Las Hualtatas número 11505 departamento 902, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; y don JUAN SEBASTIÁN OTERO DOMÍNGUEZ, domiciliado en Walter Scott número 1417, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada. Razón Social: “Inversiones Kaikén Limitada”, pudiendo utilizar también como nombre de fantasía Kaikén Ltda. Objeto: desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, inversiones en toda clase de bienes, sean corporales o incorporales, muebles o inmuebles; títulos de créditos y otros valores mobiliarios, participación en sociedades y otras personas jurídicas, de cualquier clase y objeto, la administración, usufructo y disposición de esas inversiones, todo ello sin perjuicio de la realización de los demás objetos que los socios acuerden para la Sociedad. Domicilio: la ciudad de Santiago, en cualquiera de las comunas comprendidas dentro del territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se acuerde establecer en otros lugares dentro y fuera del país. Capital: $1.000.000.- pesos que los socios aportan y pagan en dinero efectivo en el acto de la constitución la siguiente manera: a) Patricio Raimundo Otero Francia, aporta y paga en dinero efectivo $50.000 pesos que equivalen al 5% del capital social; b) María Elena Domínguez Necochea, aporta y paga en dinero efectivo $50.000 que equivalen al 5% del capital social; c) María Fernanda Otero Domínguez, aporta y paga en dinero efectivo $300.000 que equivalen al 30% del capital social; d) Juan Sebastián Otero Domínguez, aporta y paga en dinero efectivo $300.000 que equivalen al 30% del capital social; e) Josefina Elena Otero Domínguez, aporta y paga en dinero efectivo $300.000 que equivalen al 30% del capital social. Uso de la razón social, la administración y representación de la Sociedad: con las más amplias atribuciones, corresponderá a Patricio Raimundo Otero Francia y a María Fernanda Otero Domínguez, quienes la ejercerán en forma separada e indistinta, con las facultades señaladas en escritura extractada. Duración: 10 años a contar de la fecha de la escritura extractada, prorrogables según se indica en la escritura. Responsabilidad de los socios: queda limitada al monto de respectivos aportes. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 5 de Noviembre de Noviembre de 2019.