CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CENTRO DE SERVICIOS FOCACCI BÓRQUEZ LIMITADA

RUT 8320617-9 CVE 1683398
Capital
$27.000 CLP
Fecha instrumento
4 de noviembre de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
4 de noviembre de 2019
Notario
HERNAN CUADRA GAZMURI
Oficio
1ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$27.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
Duración
cinco años contados desde la fecha del presente instrumento, plazo que se prorrogará tácita, sucesiva y automáticamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta su intención de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del período correspondiente

Objeto social

EL objeto de la sociedad será: a) Explotación, en todas sus formas, de estaciones de servicios y)o centros de servicio automotriz, electrolineras, garajes y servicios complementarios como lavado y lubricación, por cuenta propia o de terceros; b) Compraventa, comercialización, distribución, importación y exportación de toda clase de bienes, en especial combustibles líquidos y)o gaseosos, entre los últimos gas licuado y gas natural, lubricantes, aditivos, vehículos, repuestos, accesorios; c) Realización de actos y contratos relacionados con los anteriores, como minimarket, rutacentros, restoranes, cafeterías, tiendas de conveniencia, servicios de alimentos u otros de naturaleza parecida, por cuenta propia o de terceros; d) Comercialización, arrendamiento y reparación de vehículos; e) Servicio de carga eléctrica y, f) Demás negocios y)o servicios que los socios acuerden

Administración

Corresponderá al señor Alejandro Rolando Focacci González, actuando individual e indistintamente con amplias facultades. Responsabilidad: Limitada al monto de los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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HERNAN CUADRA GAZMURI, Notario Público Titular, 1ª Notaría de Santiago, Huérfanos 1160, oficina 101-102, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 4 de noviembre de 2019, ante el Suplente, don ALEJANDRO ROLANDO FOCACCI GONZÁLEZ, cédula nacional de identidad 8.320.617-9, y doña PATRICIA ANGÉLICA BÓRQUEZ RISSO, cédula nacional de identidad Nº 7.490.568-4 ambos domiciliados en Maria Monvel 1575, casa E, Comuna de La Reina, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada denominada “CENTRO DE SERVICIOS FOCACCI BÓRQUEZ LIMITADA”. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que los socios acuerden instalar en otros puntos del país o en el extranjero. Objeto: EL objeto de la sociedad será: a) Explotación, en todas sus formas, de estaciones de servicios y/o centros de servicio automotriz, electrolineras, garajes y servicios complementarios como lavado y lubricación, por cuenta propia o de terceros; b) Compraventa, comercialización, distribución, importación y exportación de toda clase de bienes, en especial combustibles líquidos y/o gaseosos, entre los últimos gas licuado y gas natural, lubricantes, aditivos, vehículos, repuestos, accesorios; c) Realización de actos y contratos relacionados con los anteriores, como minimarket, rutacentros, restoranes, cafeterías, tiendas de conveniencia, servicios de alimentos u otros de naturaleza parecida, por cuenta propia o de terceros; d) Comercialización, arrendamiento y reparación de vehículos; e) Servicio de carga eléctrica y, f) Demás negocios y/o servicios que los socios acuerden. Capital: suma de treinta millones de pesos, moneda nacional, distribuido entre los socios de la siguiente manera: a) Alejandro Rolando Focacci González, la suma de $27.000.000 y b) doña Patricia Angélica Bórquez Risso, la suma de $3.000.000, capital íntegramente suscrito y pagado. Administración y Uso de la Razón Social: Corresponderá al señor Alejandro Rolando Focacci González, actuando individual e indistintamente con amplias facultades. Responsabilidad: Limitada al monto de los aportes. Duración: cinco años contados desde la fecha del presente instrumento, plazo que se prorrogará tácita, sucesiva y automáticamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta su intención de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del período correspondiente. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 14 de noviembre de 2019.