CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

MADERAS TRANAPUENTE SpA

RUT 6171929-6 CVE 1682763
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
5 de noviembre de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
5 de noviembre de 2019
Notario
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
Oficio
Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

N. fantasía
Domicilio.- Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
- Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

- La compraventa de maderas y sus derivados, su tratamiento y elaboración, así como el diseño, construcción, armado y terminación de muebles. La actividad agrícola y forestal; la explotación y transacción de sus productos; la compraventa de maderas y sus derivados, su tratamiento y elaboración, así como el diseño, construcción, armado y terminación de muebles. Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada o en participación con terceros

Administración

La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a EUSEBIO EDUARDO CARO AEDO y YERKO ALEXANDER CARO MARTÍNEZ, quienes podrán actuar individual e indistintamente y anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la compañía en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, e incluso, actos que escapen del mismo; podrán ejercer las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y)o contratos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Amunátegui 73, certifico: por escritura de fecha 5 de noviembre de 2019, ante mi, los comparecientes EUSEBIO EDUARDO CARO AEDO, Factor de Comercio, C.I. N° 6.171.929-6 y don YERKO ALEXANDER CARO MARTÍNEZ, Ingeniero Comercial e Ingeniero en Administración, C.I. N° 16.740.856-7, ambos con domicilio para estos efectos en calle Osorno N° 501, comuna de La Granja, Región Metropolitana., constituyen sociedad por acciones. Nombre.- El nombre de la sociedad será “MADERAS TRANAPUENTE SpA.”, sin nombre de fantasía. Domicilio.- Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración.- Indefinida. Objeto.- La compraventa de maderas y sus derivados, su tratamiento y elaboración, así como el diseño, construcción, armado y terminación de muebles. La actividad agrícola y forestal; la explotación y transacción de sus productos; la compraventa de maderas y sus derivados, su tratamiento y elaboración, así como el diseño, construcción, armado y terminación de muebles. Para el cumplimiento del objeto social, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en participación con terceros. Capital.- El capital de la sociedad es la suma de $10.000.000.- dividido en 10 acciones nominativas, de una misma serie, sin privilegios y sin valor nominal, que se paga de la siguiente forma: a) EUSEBIO EDUARDO CARO AEDO, aporta en este acto la suma de $2.000.000.- que entera en efectivo a la caja social. Por lo anterior, EUSEBIO EDUARDO CARO AEDO es dueño de la cantidad de 2 acciones pagadas y suscritas. b) YERKO ALEXANDER CARO MARTÍNEZ, aporta en este acto la suma de $8.000.000.- que entera en efectivo a la caja social. Por lo anterior, YERKO ALEXANDER CARO MARTÍNEZ es dueño de la cantidad de 8 acciones pagadas y suscritas. De la Administración. La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a EUSEBIO EDUARDO CARO AEDO y YERKO ALEXANDER CARO MARTÍNEZ, quienes podrán actuar individual e indistintamente y anteponiendo a su firma la razón social, obligarán y representarán a la compañía en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario, e incluso, actos que escapen del mismo; podrán ejercer las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y/o contratos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Extracto redactado por Abogada doña Sofía Alejandra Osses Carrillo. Santiago, 12 de noviembre de 2019.