CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Deep Blue SpA

CVE 1683034
Fecha instrumento
6 de noviembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
6 de noviembre de 2019
Repertorio
15899/2019
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

María Pilar Gutiérrez Rivera, titular de la Décimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos número 669, piso 8, comuna de Santiago, certifico que, por escritura pública otorgada con fecha 6 de Noviembre de 2019, Repertorio N° 15.899/2019, ante mí, José Alejandro Contreras Cerda, Ramón Omar Augusto Arenas Arratia y Juan Andrés Lara Rojas, constituyeron una sociedad por acciones denominada Deep Blue SpA. El objeto de la sociedad es: a) la prestación de toda clase servicios de asesoría informática, de consultoría en programación informática, de auditoría en tecnologías de la información, de implementación de soluciones en tecnologías de la información, de administración de programas computacionales, de auditoría en sistemas computacionales críticos; b) la prestación de servicios publicitarios, tales como la producción, implementación y planificación estratégica de campañas publicitarias, la promoción de todo tipo de productos, equipos, servicios, instituciones y empresas, el diseño e implementación de páginas web, papelería corporativa, afiches, impresos y toda clase de piezas publicitarias, por cualquier medio, incluso computacional y consultoría en actividades de asesoramiento empresarial y de apoyo al giro; y c) la inversión en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles o inmuebles, inclusive acciones o participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, valores mobiliarios, bonos, debentures, pagarés, y otros documentos financieros o comerciales, su administración y la percepción de las rentas que de ello deriven, así como también cualquier otro acto o negocio lícito que complemente los anteriores o sea una consecuencia de los mismos. El capital de la sociedad es la suma de trescientos mil pesos, dividido en trescientas mil acciones iguales, de una misma serie y sin valor nominal, que se encuentra íntegramente suscrito y pagado. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponde indistintamente a uno cualquiera de los señores José Alejandro Contreras Cerda, Ramón Omar Augusto Arenas Arratia y Juan Andrés Lara Rojas. Esta designación no es esencial, ni entraba el otorgamiento de mandatos o poderes generales o especiales a favor de los mismos accionistas o de terceros. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de Noviembre de 2019.