Instrumento
- Fecha
- 4 de noviembre de 2019
- Notario
- Isabel Margarita Chadwick Vergara
- Domicilio
- San Vicente Tagua Tagua
Sociedad
- Capital
- $40.000 CLP
- Domicilio
- Comuna Pichidegua, Provincia Cachapoal, Región del Libertador Bernardo O’Higgins, Sexta Región
- Duración
- Quince años contados fecha escritura extractada prorrogable automáticamente, tácita y sucesivamente por período cinco años, salvo que uno o más socios manifiesten voluntad ponerle término con anticipación mínima seis meses a expiración plazo o prórroga mediante escritura pública la cual deberá tomarse nota márgen inscripción social con misma anticipación señalada, según cláusula décima escritura extractada
- Ley aplicable
- Ley 3.918
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la explotación agrícola, ganadera y forestal de predios agrícolas, o susceptibles de tal explotación, en todas sus fases y formas, sean propios o de terceros; la comercialización, distribución y exportación de los productos provenientes de dicha actividad o explotación, la importación de productos de tal naturaleza, y, en general, la ejecución de todos los actos y celebración de todos los contratos que digan relación, directa o indirecta, con la actividad agrícola, ganadera, forestal, frutícola y cualquiera otra actividad análoga o complementaria a las anteriores, y las demás actividades que los socios en el futuro convengan
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIsabel Margarita Chadwick Vergara, Notario Público Titular San Vicente Tagua Tagua, Carmen Gallegos 321 certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, RAMON ESTEBAN VARGAS VARGAS, domiciliado en El Asta sin número, y don JOAQUIN EDUARDO SANHUEZA FUENTES, domiciliado en San Roberto sin número, ambos Comuna de Pichidegua, constituyeron sociedad responsabilidad limitada conforme Ley 3.918 de 1923 y modificaciones teniendo presente normas Códigos Civil y Comercio en materia. RAZON SOCIAL: "SOCIEDAD AGRICOLA VENUS LIMITADA". Nombre fantasía: "AGRICOLA VENUS LTDA." ADMINISTRACION, REPRESENTACION Y USO RAZON SOCIAL: Corresponderá conjuntamente ambos socios, RAMON ESTEBAN VARGAS VARGAS y JOAQUIN EDUARDO SANHUEZA FUENTES, conforme cláusula quinta escritura extractada. CAPITAL SOCIAL: $40.000.000 aportados: A) RAMON ESTEBAN VARGAS VARGAS $20.000.000 ó 50% capital, al contado y en dinero efectivo, ya ingresado a caja social; y B) JOAQUIN EDUARDO SANHUEZA FUENTES $20.000.000 ó 50% capital, al contado y en dinero efectivo, ya ingresado a caja social, conforme cláusula sexta escritura social. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto la explotación agrícola, ganadera y forestal de predios agrícolas, o susceptibles de tal explotación, en todas sus fases y formas, sean propios o de terceros; la comercialización, distribución y exportación de los productos provenientes de dicha actividad o explotación, la importación de productos de tal naturaleza, y, en general, la ejecución de todos los actos y celebración de todos los contratos que digan relación, directa o indirecta, con la actividad agrícola, ganadera, forestal, frutícola y cualquiera otra actividad análoga o complementaria a las anteriores, y las demás actividades que los socios en el futuro convengan. DURACION: Quince años contados fecha escritura extractada prorrogable automáticamente, tácita y sucesivamente por período cinco años, salvo que uno o más socios manifiesten voluntad ponerle término con anticipación mínima seis meses a expiración plazo o prórroga mediante escritura pública la cual deberá tomarse nota márgen inscripción social con misma anticipación señalada, según cláusula décima escritura extractada. DOMICILIO SOCIAL: Comuna Pichidegua, Provincia Cachapoal, Región del Libertador Bernardo O’Higgins, Sexta Región, sin perjuicio establecimientos, explotaciones, actividades, agencias o sucursales resto país o extranjero. Demás estipulaciones constan escritura extractada. San Vicente de Tagua Tagua. 4 Noviembre 2019. Isabel Chadwick Vergara.