AGRÍCOLA SANTA LUZ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 30 de septiembre de 2019
- Notario
- ALBERTO MOZO AGUILAR
- Oficio
- Cuadragésima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZO AGUILAR, abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Notaría de Santiago, con Oficio en calle Teatinos N°332, Comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 30 de septiembre de 2019, ante mí, doña ANA MARÍA ERRÁZURIZ VERGARA, don GUILLERMO SALINAS ERRÁZURIZ, don FERNANDO JOSÉ SALINAS ERRÁZURIZ, doña ANA MARÍA SALINAS ERRÁZURIZ, doña MARÍA CECILIA SALINAS ERRÁZURIZ, doña MARÍA MAGDALENA SALINAS ERRÁZURIZ, doña PILAR SALINAS ERRÁZURIZ, y la sociedad AGRÍCOLA SANTA ANITA LIMITADA, todos domiciliados en Avenida Raúl Labbé N°12.613, oficina 511, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, en su calidad de socios de AGRÍCOLA SANTA LUZ LIMITADA, inscrita a fojas 41.516 número 30.816 del Registro de Comercio del CBR de Santiago del año 2.011, y de AGRÍCOLA SAN OSCAR LIMITADA, inscrita a fojas 58.380 número 28.716 del Registro de Comercio del CBR de Santiago del año 2.019, celebraron “Rectificación y Saneamiento de DIVISIÓN DE SOCIEDAD Y MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS AGRÍCOLA SANTA LUZ LIMITADA”, y rectificaron los extractos de la escritura pública otorgada ante mí, con fecha 30 de mayo del año 2019, inscritos a fojas 57.995 número 28.628 y a fojas 58.380 número 28.716, ambos del Registro de Comercio del CBR de Santiago del año 2.019, y que corresponden a la división de AGRÍCOLA SANTA LUZ LIMITADA y a la constitución de AGRÍCOLA SAN OSCAR LIMITADA, respectivamente, en el sentido que: tanto en el numeral I.- como en el numeral III.- de dichos extractos, donde dice: “f) doña ANA MARÍA SALINAS ERRÁZURIZ aporta la suma de (…)” debe decir: “f) doña MARÍA MAGDALENA SALINAS ERRÁZURIZ aporta la suma de (…)”. Demás cláusulas constan en la escritura extractada. Stgo., 25 de octubre de 2019. A. Mozó A. Notario Público.