Telecomunicaciones Espoz Paredes Limitada
Instrumento
- Fecha
- 30 de octubre de 2019
- Notario
- JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA
- Oficio
- Cuarta Notaría de Los Ángeles
- Comuna
- Los Ángeles
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, Abogado, Notario Público titular de la Cuarta Notaría de Los Ángeles, con oficio en Caupolicán 355, Los Ángeles, certifica: Por escritura pública de fecha 30 de octubre 2019, Rep. 5224-2019, otorgada ante el notario suplente don Cesar Humberto Espinoza Gutiérrez; don Cristian Gonzalo Paredes Figueroa, cedula de identidad 12.171.578-3, chileno, técnico en telecomunicaciones, divorciado, domiciliado en pasaje Valle del Elqui 124, Condominio Monte Grande, Los Ángeles; don Eduardo Espoz Alday, cédula de identidad 7.221.093-3, chileno, mecánico, casado y separado totalmente de bienes, domiciliado en Caupolicán 407, Renaico; y doña Alicia de Lourdes Rojas Carvajal, cédula de identidad 6.016.975-6, chilena, labores de casa, casada y separada totalmente de bienes, domiciliada en Caupolicán 407, Renaico, convinieron cesión de derechos sociales y modificación de sociedad en sociedad de responsabilidad limitada “Telecomunicaciones Espoz Paredes Limitada”, Por escritura pública de fecha 1° de octubre año 2014, Rep. 3578-2014, ante el entonces Notario Público de Nacimiento Don Sergio Hernández Reeve, don Cristian Gonzalo Paredes Figueroa y don Egidio Eduardo Espoz Alday, hoy Eduardo Espoz Alday, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada denominada “Telecomunicaciones Espoz Paredes Limitada”, cuyo extracto fue publicado en el diario oficial de fecha 17 de octubre de 2014, siendo inscrito a fojas 101 bajo el N°80 del Registro de Comercio de Angol con fecha 4 de noviembre de 2014. El capital social fue la suma total de $4.000.000.- el cual fue aportado por ambos socios por partes iguales, esto es, $2.000.000.- cada uno. Posteriormente, mediante escritura pública suscrita ante este notario, de fecha 5 de septiembre de 2016, Rep. 4631-2016, socio Cristian Gonzalo Paredes Figueroa vende, cede y transfiere a socio Egidio Eduardo Espoz Alday, hoy Eduardo Espoz Alday, el 40% de los derechos que este posee en la sociedad, en la suma de $800.000.-, continuando la sociedad con los mismos socios, alterando solo su participación social, quedando el socio Egidio Eduardo Espoz Alday, hoy Eduardo Espoz Alday, con el 70% de los derechos sociales y el socio Cristian Gonzalo Paredes Figueroa con el 30% de los derechos sociales. El extracto fue publicado en página Wed del diario oficial de fecha 11 de octubre de 2016, siendo inscrito en el Registro de Comercio de Angol a fojas 104 bajo el N°58 de fecha 19 de octubre de 2016. Ahora, por escritura pública de fecha 30 de octubre 2019, Rep. 5224-2019,otorgada ante el notario suplente don César Humberto Espinoza Gutiérrez ; don Cristian Gonzalo Paredes Figueroa, cédula de identidad 12.171.578-3, chileno, técnico en telecomunicaciones, divorciado, domiciliado en pasaje Valle del Elqui 124, Condominio Monte Grande, Los Ángeles; don Eduardo Espoz Alday, cédula de identidad 7.221.093-3, chileno, mecánico, casado y separado totalmente de bienes, domiciliado en Caupolicán 407, Renaico; y doña Alicia de Lourdes Rojas Carvajal, cedula de identidad 6.016.975-6, chilena, labores de casa, casada y separada totalmente de bienes, domiciliada en Caupolicán 407, Renaico, convinieron cesión de derechos sociales y modificación de sociedad en sociedad de responsabilidad limitada “Telecomunicaciones Espoz Paredes Limitada”, por la cual el socio Cristian Gonzalo Paredes Figueroa vende, cede y transfiere a doña Alicia de Lourdes Rojas Carvajal el total de los derechos sociales que el cedente tiene actualmente en la sociedad señalada. Precio cesión fue la suma de $1.200.000.- ya pagado contado dinero efectivo. Así la sociedad queda en adelante integrada por los socios don Eduardo Espoz Alday, con un 70% de los derechos sociales, y doña Alicia de Lourdes Rojas Carvajal, con un 30% de los derechos sociales. Rol único tributario sociedad 76.392.736-9. En lo no modificado rige escritura social primitiva con las modificaciones vigentes. Se deja constancia que los actuales socios serán los representantes legales y administradores de la sociedad ya referida, con idénticas facultades que las ya indicadas en su constitución. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Los Ángeles, 11 de noviembre de 2019.