SOCIEDAD MÉDICA, APOYO A LA GESTIÓN E INVESTIGACIÓN AMPLIADA SpA
Instrumento
- Fecha
- 13 de noviembre de 2019
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Temuco
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha cinco de Noviembre de dos mil diecinueve, ante mí, don MARCELO ALEJANDRO POTTHOFF NAVARRETE, chileno, casado en régimen de separación total de bienes, Médico Cirujano con especialidad en cardiología, cédula de identidad número quince millones trescientos treinta y seis mil novecientos cuarenta y cuatro guion cinco, domiciliado en avenida Las Encinas número cero dos mil seiscientos sesenta y seis, de la comuna y ciudad de Temuco; por sí y en representación según se acreditará de doña CONSTANZA ROCÍO HEVIA HOFFMANN, chilena, soltera, comunicadora Audiovisual, Magíster en Fotografía, cedula de identidad número dieciséis millones cuarenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y nueve guion K, domiciliada en calle Guillermo Buhler numero mil novecientos diez, de la comuna y ciudad de Osorno; y doña MONTSERRAT ALEJANDRA HEVIA HOFFMANN, chilena, casada bajo el régimen de separación total de bienes, Doctora en Genética Molecular y Microbiología, cédula de identidad número quince millones setecientos cincuenta y nueve mil cero setenta y seis guion seis, domiciliada en avenida Las Encinas número cero dos mil seiscientos sesenta y seis, de la comuna y ciudad de Temuco, expusieron: Que por escritura pública de fecha diez de agosto del año dos mil diecinueve, ante don Luis Latorre Martin, Abogado, Notario Público Suplente del titular doña Myriam Amigo Arancibia, de la Vigésimo Primera Notaria de Santiago, don MARCELO ALEJANDRO POTTHOFF NAVARRETE, y doña MONTSERRAT ALEJANDRA HEVIA HOFFMANN, constituyeron una sociedad por acciones, cuya razón social es “SOCIEDAD MÉDICA, APOYO A LA GESTIÓN E INVESTIGACIÓN AMPLIADA SpA”, pudiendo además actuar la sociedad con el nombre de fantasía de “CARDIOCELL SpA”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones cuatrocientos cuarenta y siete mil cuatrocientos setenta y uno guion seis, anotada al Repertorio de Instrumentos Públicos bajo el número trece mil novecientos cuatro del año dos mil dieciséis, y cuyo extracto se encuentra inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rio Bueno, a fojas cuarenta y cuatro vuelta, número treinta y nueve del año dos mil dieciséis, y publicado en la edición del Diario Oficial número cuarenta y un mil quinientos treinta y nueve, de fecha veintidós de agosto del mismo año. La sociedad se constituyó con un capital social de $10.000.000.- dividido en MIL ACCIONES de una serie y de un valor de diez mil pesos cada una, el cual se pagó de la siguiente forma: a) doña MONTSERRAT ALEJANDRA HEVIA HOFFMANN, suscribió y pagó en dinero en efectivo, QUINIENTAS ACCIONES, por la suma de cinco millones de pesos, equivalentes al cincuenta por ciento del capital, y b) don MARCELO ALEJANDRO POTTHOFF NAVARRETE, suscribió y pagó en dinero en efectivo, QUINIENTAS ACCIONES, por la suma de cinco millones de pesos, equivalentes al cincuenta por ciento del capital. Por tanto, las acciones se encuentran totalmente suscritas y pagadas con anterioridad a este acto. Dicho capital no ha sido modificado a la fecha.- PRESENTE MODIFICACION: COMPRAVENTA DE ACCIONES. Por instrumento extractado, los comparecientes, por sí y en virtud de la representación que invisten, vienen en realizar la siguiente cesión de acciones: doña MONTSERRAT ALEJANDRA HEVIA HOFFMANN, vende, cede y transfiere CIENTO CINCUENTA ACCIONES, equivalentes al quince por ciento del capital de la “SOCIEDAD MÉDICA, APOYO A LA GESTIÓN E INVESTIGACIÓN AMPLIADA SpA”, a doña CONSTANZA ROCÍO HEVIA HOFFMANN, quien las compra, acepta y adquiere para sí.- El precio de esta venta de acciones es de cuatro millones ciento setenta mil seiscientos setenta y un pesos, pagados forma establecida en escritura. Además, doña CONSTANZA ROCÍO HEVIA HOFFMANN, debidamente representada, por este instrumento declara conocer la normativa legal que regula las sociedades por acciones, y declarar conocer y aceptar los estatutos sociales de la sociedad “SOCIEDAD MÉDICA, APOYO A LA GESTIÓN E INVESTIGACIÓN AMPLIADA SpA”, los acuerdos adoptados en las juntas de accionistas, y las protecciones que pueda contener respecto del interés del accionista. Como consecuencia de la anterior cesión y transferencia de acciones, se incorpora como socia doña CONSTANZA ROCÍO HEVIA HOFFMANN, de modo que la “SOCIEDAD MÉDICA, APOYO A LA GESTIÓN E INVESTIGACIÓN AMPLIADA SpA”, a partir de esta fecha estará conformada por los siguientes accionistas: a) don MARCELO ALEJANDRO POTTHOFF NAVARRETE, quien detenta QUINIENTAS acciones, las cuales se encuentran totalmente suscritas y pagadas, con una participación equivalente al cincuenta por ciento del capital social; b) doña MONTSERRAT ALEJANDRA HEVIA HOFFMANN, quien detenta TRESCIENTAS CINCUENTA acciones, las cuales se encuentran totalmente suscritas y pagadas, con una participación equivalente al treinta y cinco por ciento del capital social; y c) doña CONSTANZA ROCÍO HEVIA HOFFMANN, quien detenta CIENTO CINCUENTA acciones, las cuales se encuentran totalmente suscritas y pagadas, con una participación equivalente al quince por ciento del capital social. MODIFICACIÓN. Por instrumento extractado, los accionistas por si y en virtud de la representación que invisten, modifican la cláusula SEGUNDA de sus estatutos sociales, que dicen relación con el domicilio de la sociedad, siendo desde ahora, la comuna y ciudad de Temuco, quedando tal cláusula al siguiente tenor: “SEGUNDO: Domicilio. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Temuco, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero”. Por este acto, además, los accionistas por sí y en virtud de la representación que invisten, modifican la cláusula VIGÉSIMA de los estatutos de la sociedad en los siguientes términos: “VIGÉSIMO: Las utilidades y pérdidas se distribuyen o soportan por los accionistas a prorrata de sus acciones”. En todo lo no modificado, seguirán vigentes íntegramente las estipulaciones de la escritura pública de constitución y estatutos sociales de la “SOCIEDAD MÉDICA, APOYO A LA GESTIÓN E INVESTIGACIÓN AMPLIADA SpA”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 13 de Noviembre de 2019.