Instrumento
- Fecha
- 8 de noviembre de 2019
- Repertorio
- 22274-2019
- Notario
- abogado
- Oficio
- 34a Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es la ciudad y comuna de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será : /a) la venta y comercialización, directa o indirecta, por cuenta propia o ajena, en calidad de comisionista, mandatario comercial, agente de ventas, o bajo cualquier otra modalidad idónea, de toda clase de servicios de telecomunicaciones, para la transmisión de audio, video, datos, voz e imágenes, por medios físicos, ópticos, electromagnéticos o satelitales, así como, en general, de toda otra clase de servicios de suscripción, domiciliarios, o de otra naturaleza; /b) la prestación de servicios de edición, programación, difusión y comercialización de cualquier tipo de servicios o información; c) la prestación de servicios de publicidad comercial y)o marketing, ya sea por medios televisivos, auditivos o impresos; d) la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles corporales e incorporales, especialmente acciones de sociedades anónimas y de derechos en sociedades de personas y capital siempre que se vinculen al desarrollo de las actividades indicadas en las letras precedentes, así como arrendarlos, administrarlos por cuenta propia o ajena y percibir sus frutos; y /e) la prestación de toda clase de servicios administrativos, financieros, comerciales y operativos, directa e indirectamente, que resulten necesarios para el cumplimiento de los fines sociales
Administración
La Sociedad será administrada por un directorio compuesto por tres miembros titulares y sus respectivos suplentes. Los directores podrán ser reelegidos indefinidamente. Los directores no serán remunerados por sus funciones. El directorio durará un periodo de tres años, al final del cual deberá renovarse totalmente. Cada director titular tendrá un suplente, que podrá reemplazarle en forma definitiva en caso de vacancia y en forma transitoria, en caso de ausencia o impedimento temporal del director titular. Los directores suplentes podrán siempre participar en las reuniones del directorio con derecho a voz y sólo tendrán derecho a voto cuando falten sus titulares. En caso de vacancia de un director titular y de su suplente, deberá procederse a la renovación total del directorio en la próxima junta ordinaria de accionistas que deba celebrar la Sociedad y, en el intertanto, el directorio podrá nombrar un reemplazante
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO; abogado, Notario público de la 34a Notaria de Santiago, domiciliada en Luis Thayer Ojeda 359, comuna de Providencia, cuidad de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 8 de noviembre de 2019, Repertorio N° 22.274-2019.-, ante mí, VTR.COM SpA, representado por MIGUEL CLAUDIO OYONARTE WELDT, con domicilio en Apoquindo N° 4800, piso 14, comuna de Las Condes, Ciudad de Santiago, constituyó sociedad por acciones: RAZON SOCIAL: MÁS VENTA SpA.- OBJETO: El objeto de la sociedad será : /a/ la venta y comercialización, directa o indirecta, por cuenta propia o ajena, en calidad de comisionista, mandatario comercial, agente de ventas, o bajo cualquier otra modalidad idónea, de toda clase de servicios de telecomunicaciones, para la transmisión de audio, video, datos, voz e imágenes, por medios físicos, ópticos, electromagnéticos o satelitales, así como, en general, de toda otra clase de servicios de suscripción, domiciliarios, o de otra naturaleza; /b/ la prestación de servicios de edición, programación, difusión y comercialización de cualquier tipo de servicios o información; c) la prestación de servicios de publicidad comercial y/o marketing, ya sea por medios televisivos, auditivos o impresos; d) la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles corporales e incorporales, especialmente acciones de sociedades anónimas y de derechos en sociedades de personas y capital siempre que se vinculen al desarrollo de las actividades indicadas en las letras precedentes, así como arrendarlos, administrarlos por cuenta propia o ajena y percibir sus frutos; y /e/ la prestación de toda clase de servicios administrativos, financieros, comerciales y operativos, directa e indirectamente, que resulten necesarios para el cumplimiento de los fines sociales.- DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad es la ciudad y comuna de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias, sucursales o establecimientos que pueda establecer en el resto del país o en el extranjero. ADMINISTRACIÓN: La Sociedad será administrada por un directorio compuesto por tres miembros titulares y sus respectivos suplentes. Los directores podrán ser reelegidos indefinidamente. Los directores no serán remunerados por sus funciones. El directorio durará un periodo de tres años, al final del cual deberá renovarse totalmente. Cada director titular tendrá un suplente, que podrá reemplazarle en forma definitiva en caso de vacancia y en forma transitoria, en caso de ausencia o impedimento temporal del director titular. Los directores suplentes podrán siempre participar en las reuniones del directorio con derecho a voz y sólo tendrán derecho a voto cuando falten sus titulares. En caso de vacancia de un director titular y de su suplente, deberá procederse a la renovación total del directorio en la próxima junta ordinaria de accionistas que deba celebrar la Sociedad y, en el intertanto, el directorio podrá nombrar un reemplazante. Demás estipulaciones constan en escritura extractada, Providencia ocho de noviembre de dos mil diecinueve. CAPITAL: El capital de la Sociedad es la suma de un millón de pesos ($1.000.000.-), dividido y representado en mil acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, que deberá quedar totalmente suscrito y pagado dentro del plazo de 3 años contados desde la fecha de la constitución de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Providencia, ocho de noviembre de dos mil diecinueve. PLAZO: La duración de la Sociedad es indefinida. Santiago, 11 de noviembre de 2019.