CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES LGNG LIMITADA

RUT 5737217-6 CVE 1682352
Capital
$169.049.786 CLP
Fecha instrumento
29 de octubre de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
29 de octubre de 2019
Notario
JORGE ELÍAS TADRES HALES
Domicilio
agrupación de las comunas de Temuco

Sociedad

Capital
$169.049.786 CLP
Domicilio
ciudad de Temuco, Región de la Araucanía
Duración
La sociedad tendrá una duración, de 10 años a contar de la fecha de su constitución, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de dos años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta a los demás su voluntad de ponerle término por medio de escritura pública. 6)

Objeto social

a) Invertir en todo tipo de bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, agrícolas o urbanos, así como en bonos, depósitos, valores mobiliarios y efectos de comercio, cuotas de fondos de inversión, acciones o derechos en todo tipo de sociedades, ya sea comerciales o civiles, bienes raíces o cuotas de ellos; tomar interés o participar como socio, accionista o comunero en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, organizar, constituir, incorporarse o formar parte de sociedades de cualquier tipo, pudiendo suscribir u otorgar todo tipo de contratos necesarios al efecto; financiar, promover, administrar y explotar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de inversiones, negocios, empresas o sociedades; asumir representaciones, agencias, comisiones y mandatos de todas clases, pudiendo para todos los efectos anteriores ejecutar o celebrar todo tipo de actos jurídicos, sean de administración o disposición; b) Realizar todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, inmobiliario, económico, financiero y técnico; y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido, y cualquier otro negocio que acordaren los socios, en el desarrollo de toda clase de proyectos; y c) en general, realizar toda otra actividad o negocio lícito relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, así como de cualquier actividad o negocio que acuerden los socios en conformidad a la legislación vigente y al presente estatuto, que no se encuentren prohibidas por la leyes chilenas. Asimismo, y para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos y participar en toda clase de negocios o actividades directa o indirectamente relacionadas, conexas o complementarias al

Administración

La representación y administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá, separada e indistintamente, a don Luis Gerardo Ramón Vicente Nualart González y doña Inés Lisbeth Fernández Osses. 5)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELÍAS TADRES HALES, Notario Público Titular de la agrupación de las comunas de Temuco, Padre Las Casas, Cunco, Vilcún, Freire y Melipeuco, con oficio en calle Antonio Varas N° 976, Temuco, certifico que: por escritura pública de fecha 29 de octubre del año 2019, ante mí, (i) LUIS GERARDO RAMÓN VICENTE NUALART GONZÁLEZ, cédula nacional de identidad número 5.737.217-6 e (ii) INÉS LISBETH FERNÁNDEZ OSSES, cédula nacional de identidad número 6.506.025-6, ambos domiciliados calle Aldunate número 881, ciudad de Temuco, Región de la Araucanía, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada cuyos estatutos extracto: 1) Razón Social: “INVERSIONES LGNG LIMITADA”, pudiendo usar el nombre de fantasía “LGNG LTDA.” 2) Objeto: a) Invertir en todo tipo de bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, agrícolas o urbanos, así como en bonos, depósitos, valores mobiliarios y efectos de comercio, cuotas de fondos de inversión, acciones o derechos en todo tipo de sociedades, ya sea comerciales o civiles, bienes raíces o cuotas de ellos; tomar interés o participar como socio, accionista o comunero en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, organizar, constituir, incorporarse o formar parte de sociedades de cualquier tipo, pudiendo suscribir u otorgar todo tipo de contratos necesarios al efecto; financiar, promover, administrar y explotar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de inversiones, negocios, empresas o sociedades; asumir representaciones, agencias, comisiones y mandatos de todas clases, pudiendo para todos los efectos anteriores ejecutar o celebrar todo tipo de actos jurídicos, sean de administración o disposición; b) Realizar todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, inmobiliario, económico, financiero y técnico; y todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con este cometido, y cualquier otro negocio que acordaren los socios, en el desarrollo de toda clase de proyectos; y c) en general, realizar toda otra actividad o negocio lícito relacionado con los anteriores, que derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, así como de cualquier actividad o negocio que acuerden los socios en conformidad a la legislación vigente y al presente estatuto, que no se encuentren prohibidas por la leyes chilenas. Asimismo, y para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos y participar en toda clase de negocios o actividades directa o indirectamente relacionadas, conexas o complementarias al objeto social. 3) Capital: El capital de la sociedad es la suma de $169.049.786, que se entera y paga de la siguiente forma: a) don Luis Gerardo Ramón Vicente Nualart González aporta a la sociedad la suma de $109.882.361, que equivalen al 65% del capital social, mediante el aporte a costo tributario de 30.000 acciones de su propiedad en la sociedad Constructora Nualart S.A.; y mediante el aporte a costo tributario de 50.000 acciones de su propiedad en la sociedad Inmobiliaria Nualart S.A; y, b) Doña Inés Lisbeth Fernández Osses aporta a la sociedad la suma de $59.167.425, que equivalen al 35% del capital social, suma que deberá enterarse en dinero efectivo, dentro del plazo de cuatro años contados desde la fecha de otorgamiento de la escritura extractada. 4) Administración: La representación y administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá, separada e indistintamente, a don Luis Gerardo Ramón Vicente Nualart González y doña Inés Lisbeth Fernández Osses. 5) Duración: La sociedad tendrá una duración, de 10 años a contar de la fecha de su constitución, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de dos años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta a los demás su voluntad de ponerle término por medio de escritura pública. 6) Domicilio: ciudad de Temuco, Región de la Araucanía, sin perjuicio que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otro punto del país o en el extranjero.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Temuco, 13 de noviembre de 2019.