Instrumento
- Fecha
- 11 de noviembre de 2019
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la Sociedad será la inversión en toda clase de bienes inmuebles urbanos o rústicos; su adquisición, enajenación, loteo o subdivisión, urbanización, edificación, su venta o desarrollo, por cuenta propia o ajena, por si sola o asociada o por medio de terceros; la prestación de asesorías profesionales relacionadas con el rubro inmobiliario; la inversión, administración y explotación de las rentas a que dichos actos den lugar. La realización de inversiones en toda clase de acciones o valores mobiliarios y de renta, bonos y todo tipo de títulos de crédito y efectos públicos y valores mobiliarios y, en general, toda clase de documentación negociable y la realización de todo tipo de inversiones en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, y especialmente en derechos de sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otra especie, administrarlas, percibir sus frutos y reinvertirlos sin restricciones de ninguna especie. Finalmente, la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para los objetos antes señalados
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Soledad Lascar Merino, abogada, Notaria Titular de la 38º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Miraflores Nº 178, piso 5, Santiago, certifico, que con fecha 28 de octubre 2019, repertorio número 58.622-2019, comparece Agrícola Nova S.A., Kauil SpA, Inversiones y Asesorías Newen SpA e Inmobiliaria e Inversiones San José SpA, todos debidamente representados, quienes constituyeron sociedad por acciones. Nombre: "Inmobiliaria Alto Linares 2 SpA”. Objeto: El objeto de la Sociedad será la inversión en toda clase de bienes inmuebles urbanos o rústicos; su adquisición, enajenación, loteo o subdivisión, urbanización, edificación, su venta o desarrollo, por cuenta propia o ajena, por si sola o asociada o por medio de terceros; la prestación de asesorías profesionales relacionadas con el rubro inmobiliario; la inversión, administración y explotación de las rentas a que dichos actos den lugar. La realización de inversiones en toda clase de acciones o valores mobiliarios y de renta, bonos y todo tipo de títulos de crédito y efectos públicos y valores mobiliarios y, en general, toda clase de documentación negociable y la realización de todo tipo de inversiones en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, y especialmente en derechos de sociedades, ya sean de capital, de personas o de cualquier otra especie, administrarlas, percibir sus frutos y reinvertirlos sin restricciones de ninguna especie. Finalmente, la realización de todos los actos y contratos necesarios o conducentes para los objetos antes señalados. Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas de igual valor y sin valor nominal. Las 1.000 acciones están divididas en dos series de acciones: La Serie “A” o acciones comunes corresponde a 500 acciones y la Serie “B” o preferentes corresponde a 500 acciones. Todas las acciones se encuentran íntegramente suscritas y pagadas, en la forma y condiciones que pasan a indicarse a continuación: a) Agrícola Nova S.A., suscribe acto escritura extractada 500 acciones Serie “A” por un valor de $500.000, que paga acto escritura extractada al contado y en dinero efectivo; b) Kauil SpA, suscribe acto escritura extractada 250 acciones Serie “B” por un valor de $250.000, que paga acto escritura extractada al contado y en dinero efectivo; c) Inversiones y Asesorías Newen SpA, suscribe acto escritura extractada 125 acciones Serie “B” por un valor de $125.000, que paga acto escritura extractada al contado y en dinero efectivo; y d) Inmobiliaria e Inversiones San José SpA, suscribe acto escritura extractada 125 acciones Serie “B” por un valor de $125.000, que paga acto escritura extractada al contado y en dinero efectivo. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Se facultó al portador de un extracto de la escritura citada para su legalización. Santiago, 11 de Noviembre de 2019. María Soledad Lascar Merino. Notario Público Titular. Doy Fe.-