EMPRESA DE TRANSPORTES ANGELICA MARIA CORTES SILVA E.I.R.L.
Instrumento
- Fecha
- 6 de noviembre de 2019
- Notario
- GABRIEL FERRAND MIRANDA
- Domicilio
- Valparaíso
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- Viña del Mar
- Duración
- Diez años a contar de la fecha de la presente escritura, prorrogable automáticamente períodos iguales y sucesivos de diez años, salvo intención contraria manifestada empresario, forma y antelación se señala
Objeto social
Será el transporte de todo tipo de carga y mercancías por carreteras tanto nacionales como internacionales, con camiones propios o ajenos, así como la contratación de estos transportes a terceros y en general realizar toda actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo expresado
Administración
La administración de la empresa corresponderá al empresario, facultades se señalan. La responsabilidad del empresario queda limitada al monto de su
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGABRIEL FERRAND MIRANDA, Notario Público Interino Valparaíso, Prat 829, certifico por escritura pública hoy, ante mí, doña ANGELICA MARIA CORTES SILVA, chilena, casada y separada de bienes conforme al artículo ciento cincuenta del Código Civil, 33 años de edad, garzona, cédula nacional de identidad N°16.500.718-2, domiciliada en calle Isla Carmen E-5, Población Puerto Aysén, Forestal, Viña del Mar, constituye empresa individual de responsabilidad limitada. NOMBRE DE LA EMPRESA: “EMPRESA DE TRANSPORTES ANGELICA MARIA CORTES SILVA E.I.R.L", nombre fantasía "TRANSPORTES B Y C E.I.R.L.". DOMICILIO: Viña del Mar. OBJETO: Será el transporte de todo tipo de carga y mercancías por carreteras tanto nacionales como internacionales, con camiones propios o ajenos, así como la contratación de estos transportes a terceros y en general realizar toda actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo expresado. CAPITAL: $5.000.000, que el empresario aporta y paga a la caja de la empresa en dinero efectivo en este acto. ADMINISTRACION: La administración de la empresa corresponderá al empresario, facultades se señalan. La responsabilidad del empresario queda limitada al monto de su aporte. DURACION: Diez años a contar de la fecha de la presente escritura, prorrogable automáticamente períodos iguales y sucesivos de diez años, salvo intención contraria manifestada empresario, forma y antelación se señala. Valparaíso, 6 de Noviembre de 2019.-