SOCIEDAD EDUCACIONAL COLEGIO SANTA VICTORIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de octubre de 2019
- Notario
- Andrés Felipe Rieutord Alvarado
- Oficio
- 36º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $70.000.000 CLP
Objeto social
Que, por este acto los socios en primer lugar vienen en modificar el objeto social de la sociedad, sustituyendo así la cláusula tercera del pacto social primitivo y modificado posteriormente en cuanto a la ampliación del objeto, quedando en definitiva el objeto social de la sociedad como sigue; “La sociedad tendrá por objeto o giro para desarrollar directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: arrendamiento, compra y venta y en general la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también el desarrollo de cualquier tipo de proyectos inmobiliarios, construir, en ellos por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros. En igual forma podrá desarrollar cualquier otra actividad relacionada o no con las anteriores que los constituyentes o accionistas, si es el caso, acuerden y que permita un mejor aprovechamiento de la organización social”: Dos)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAndrés Felipe Rieutord Alvarado, Notario Público Titular de la 36º Notaría de Santiago, con domicilio en La Concepción Nº65, piso 2, comuna de Providencia, certifico que por escritura pública de fecha 29 de octubre de 2019, otorgada ante mí, don CRISTIAN RAFAEL ANDRÉS CIENFUEGOS STOCKHOLM, chileno, casado, arquitecto; y don CARLOS ALBERTO CASTRO MUÑOZ, chileno, casado, empresario, ambos domiciliados en calle Cruz Almeyda número 830, comuna de Peñalolén, ciudad de Santiago; modificaron la sociedad “SOCIEDAD EDUCACIONAL COLEGIO SANTA VICTORIA LIMITADA” constituida por escritura pública de fecha 16-07-2004, ante don Anibal Opazo Callis, Notario Interino de la Novena Notaría de Santiago, cuyo nombre o razón social era el de “SERVICIOS DE ARQUITECTURA Y ESPECIALIDADES INGEC LTDA.”, nombre de fantasía “INGEC LTDA.”, un extracto de dicha escritura fue inscrito a fojas 23.075, número 17.285 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2004, publicándose dentro del plazo legal en el Diario Oficial. Posteriormente, por escritura pública de fecha 11-08-2004 ante don Anibal Opazo Callis, Notario Interino de la Novena Notaría de Santiago, los comparecientes modificaron la cláusula segunda y tercera del pacto social el cual fue inscrito en extracto a fojas 26.572, número 19.774 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y se anotó al margen de las inscripciones de fojas 25.203, número 18.829 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2004 e inscripción de fojas 23.075, número 17.285 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2004, publicándose dentro del plazo legal en el Diario Oficial. Posteriormente, por escritura pública de fecha 09-07-2012, otorgada ante don Pablo Alberto González Caamaño, Abogado, Notario Público, Titular de la Novena Notaría de Santiago, los socios modificaron la cláusula cuarta del pacto social primitivo un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas 48.623, número 34.103 correspondiente al año 2012 publicándose dentro del plazo legal en el Felipe Rieutord Alvarado, Abogado, Notario Público, Titular de la 36° Notaría de Santiago, los socios modificaron la sociedad aumentando el capital estatutario, dicha modificación se inscribió en extracto a fojas 857, número 499 correspondiente al año 2019 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, publicándose dentro del plazo legal en el Diario Oficial; MODIFICACIONES: Uno) OBJETO SOCIAL: Que, por este acto los socios en primer lugar vienen en modificar el objeto social de la sociedad, sustituyendo así la cláusula tercera del pacto social primitivo y modificado posteriormente en cuanto a la ampliación del objeto, quedando en definitiva el objeto social de la sociedad como sigue; “La sociedad tendrá por objeto o giro para desarrollar directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: arrendamiento, compra y venta y en general la adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también el desarrollo de cualquier tipo de proyectos inmobiliarios, construir, en ellos por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros. En igual forma podrá desarrollar cualquier otra actividad relacionada o no con las anteriores que los constituyentes o accionistas, si es el caso, acuerden y que permita un mejor aprovechamiento de la organización social”: Dos) RAZÓN SOCIAL: Que, a consecuencia de la modificación señalada precedentemente, en segundo lugar, los socios vienen por este acto en modificar la cláusula segunda del pacto social primitivo y modificado posteriormente en cuanto al nombre o razón social de la sociedad, acordando expresamente los socios que a contar de la fecha de celebración del presente instrumento la cláusula segunda del pacto social primitivo quedará de la siguiente forma “El nombre o razón social de la Sociedad será “INMOBILIARIA SANTA VICTORIA LIMITADA”, sin embargo, la sociedad también podrá actuar en sus relaciones ante terceros, inclusive Bancos e instituciones financieras u otras entidades públicas o privadas, incluso ante el Servicio de Impuestos Internos y Tesorería General de la República, con el nombre de fantasía “SANTA VICTORIA LTDA.”: Tres) AUMENTO DE CAPITAL: Los comparecientes, y siendo los únicos y actuales socios de la sociedad, vienen en modificar los Estatutos de la Sociedad, nuevamente la cláusula quinta, aumentando el capital social en la suma de $70.000.000.-, que se pagan y enteran con esta fecha mediante el aporte en dominio a la sociedad que los socios hacen en partes iguales con el 100% de los derechos de los cuales son dueños en el inmueble ubicado con frente calle Almirante Latorre, que corresponde al sitio número 23 de la manzana 5 de la Población Oriente, Los Guindos de Ñuñoa, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, que deslinda: NORTE, con parte de sitios treinta y cinco y treinta y seis; SUR, calle Almirante Latorre; ORIENTE, con parte del sitio veintitrés; y PONIENTE, con parte del sitio veintidós, hoy la sucesión de don Sebastián Ban.- Lo adquirieron por compra a la SOCIEDAD EDUCACIONAL COLEGIO SANTA VICTORIA LIMITADA, según escritura de fecha 22-03-2005, otorgada ante don Anibal Opazo Callis, Notario Público Interino de la 9° Notaría de Santiago, repertorio número 4.745. El título se encuentra inscrito a FOJAS 24.307, NÚMERO 23.878 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al AÑO 2005, el ROL DE AVALÚO es el 5.375-39, de la comuna de Peñalolén. Las partes de común acuerdo avalúan el inmueble aportado en la suma de $70.000.000.-. En consecuencia, habiéndose aumentado el capital social del cual da cuenta el presente instrumento por la suma de $70.000.000.-, el capital actual de la sociedad queda determinado en la suma total de $241.000.000.-. En lo no modificado, siguen plenamente vigentes las estipulaciones contenidas en pacto social constitutivo. Santiago 06 de Noviembre de 2019.