CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Monadelphous Chile SpA

CVE 1680293
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
8 de noviembre de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de noviembre de 2019
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Objeto social

El objeto de la Sociedad es la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, acciones de toda clase de sociedades, cuotas de fondos, derechos en sociedades de personas, bonos, títulos de crédito, títulos de deuda, instrumentos financieros y, en general, toda clase de valores mobiliarios, sean estos de oferta pública o privada, así como la administración y explotación de estas inversiones y sus frutos o productos, tanto en Chile como en el extranjero

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos 941, local 302, Pasaje Matte, Santiago, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 8 de noviembre de 2019, ante mí, Monadelphous International Holdings Pty Ltd., constituyó, de conformidad con los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, la sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta: Nombre o Razón Social: "Monadelphous Chile SpA". Objeto: El objeto de la Sociedad es la inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, acciones de toda clase de sociedades, cuotas de fondos, derechos en sociedades de personas, bonos, títulos de crédito, títulos de deuda, instrumentos financieros y, en general, toda clase de valores mobiliarios, sean estos de oferta pública o privada, así como la administración y explotación de estas inversiones y sus frutos o productos, tanto en Chile como en el extranjero. Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de $1.000.000 dividido en 1.000 acciones ordinarias y sin valor nominal, que se encuentra íntegramente suscrito y se pagará dentro del plazo indicado en sus estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización.- Santiago, 8 de noviembre de 2019.- Luis Ignacio Manquehual Mery. Notario Titular.