MIGRACIÓN

MARIA EUGENIA ESPINOSA ARELLANO TALLER AUTOMOTRIZ E.I.R.L.

RUT 7038268-7 CVE 1680046
Capital
$1.000 CLP
Duración
Indefinida

Instrumento

Sin información de instrumento parseada en esta publicación.

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad es la comuna de SANTIAGO, Región METROPOLITANA DE SANTIAGO
Duración
Indefinida

Objeto social

Servicios integrales de mantenimiento y reparación de todo tipo de vehículos automotores y sus partes, incluyendo desabolladura, pintura, ajuste, afinamiento, alineación, instalación y recambio de cualquier especie de partes, piezas y accesorios automotrices y, en general, toda y cualquier clase de servicios destinados tanto a recuperar, conservar, mejorar o adaptar las condiciones de buen funcionamiento de vehículos automotores

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

El Registro de Empresas y Sociedades, domiciliado en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449 torre 2 piso 11, comuna de Santiago, certifica que, según consta en el Estatuto Actualizado, doña MARÍA EUGENIA ESPINOSA ARELLANO, Rut 7.038.268-7, 62 años de edad, casada, empresaria, chilena, domiciliada en CARMEN FARIÑA Nº7272, comuna de VITACURA, Región METROPOLITANA DE SANTIAGO, constituyó, con fecha 25 de mayo del 2017 una empresa individual de responsabilidad limitada, ante el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades. NOMBRE: MARIA EUGENIA ESPINOSA ARELLANO TALLER AUTOMOTRIZ E.I.R.L. pudiendo funcionar y actuar, inclusive ante Bancos y Entidades Financieras con el nombre de fantasía de ROYAL SERVICE E.I.R.L. DOMICILIO: El domicilio de la Sociedad es la comuna de SANTIAGO, Región METROPOLITANA DE SANTIAGO, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. OBJETO: Servicios integrales de mantenimiento y reparación de todo tipo de vehículos automotores y sus partes, incluyendo desabolladura, pintura, ajuste, afinamiento, alineación, instalación y recambio de cualquier especie de partes, piezas y accesorios automotrices y, en general, toda y cualquier clase de servicios destinados tanto a recuperar, conservar, mejorar o adaptar las condiciones de buen funcionamiento de vehículos automotores. CAPITAL: Es la cantidad de $1.000.000 de pesos; que el constituyente se obliga a aportar y pagar mediante el aporte de $1.000.000 de pesos que entera y paga a la caja social en efectivo en el acto de constitución; DURACIÓN: indefinida.